Llega el tiempo de vacaciones y os recordamos algunos detalles

Hola a todas y a todos.

Se acerca el verano, la jornada continua y con ello el tiempo preferido para tomarse unas merecidas vacaciones. Como en pasados años, vamos a recordaros algunos detalles a tener en cuenta:

  • Las vacaciones se fijan de común acuerdo entre empleado y empresa. Eso quiere decir que, una vez que el trabajador ha informado de los días que quiere tomarse, la empresa no se los puede negar a menos que de una justificación muy concreta y razonada para ello. El ‘no porque no’ no sirve como razón de negativa a unas vacaciones.
  • La empresa nunca puede imponer unas fechas concretas de vacaciones, algo que entra dentro del concepto de ‘se fijan de común acuerdo’. Eso de que la empresa te puede obligar a tomarte 15 días de vacaciones en verano es un falso mito. Si alguien os dice que eso es así retadle a que os enseñe dónde, en qué ley, lo pone.
  • Hemos de recordar a los compañeros de Servicios Transversales (SS.TT.), que cuentan con un día adicional de permiso retribuido por semestre (consultad el calendario impuesto por la empresa). Recordad que si no disfrutáis de ese permiso semestral, caduca y lo perdéis. Estos dos permisos se aplican también a todos los compañeros a los que, sin pertenecer de manera exacta a SS.TT., su mánager les ha dicho que deben seguir el horario de SS.TT.. Pero debemos recordar que si no perteneces a SS.TT. no deberías hacer esas ocho horas, sino las marcadas en el calendario de empresa para el resto de empleados.
  • Debido a los problemas recurrentes que hay de contabilización de jornada, os repetimos que la ley indica que las vacaciones deben disfrutarse dentro del año en vigor. Os recomendamos no dejar ningún día para el año siguiente.

Tenéis la información completa en el Estatuto de los Trabajadores.

También debéis recordar la manera de gestionar las vacaciones en Alten.

Ante cualquier duda entrad en contacto con nosotros.

Un saludo.

Resolución Inspección de Trabajo relativa al registro mensual de horas

Buenos días, compañeros y compañeras.

Seguimos con la denuncia que presentamos ante Inspección de Trabajo (IT) relativa al registro mensual de horas. Nos acaba de llegar la resolución: la IT marca el día 21 de este mes como límite para que la empresa instaure un sistema de firma digital en AGRESSO, de tal manera que todos los trabajadores puedan acreditar la jornada realizada.

Quedamos a la espera de que la empresa cumpla lo que pide IT.

Un saludo.

Inspección de Trabajo exige a Alten un sistema de firma digital para control de jornada

Hola, compañeras y compañeros.

Esta mañana hemos estado en Inspección de Trabajo. La visita tiene su origen en una denuncia que hemos presentado en relación al incumplimiento por parte de Alten del Art. 35.5 del Estatuto de Trabajadores. Dicho artículo indica que de manera mensual, con la nómina por ejemplo, toda empresa debe entregar a cada trabajador un resumen de sus horas trabajadas. Como todos sabéis, Alten no lo hace.

Desde CC.OO. le hemos explicado a la inspectora que los trabajadores usan el sistema de Agresso para introducir las horas realizadas, y que esa información se introduce a fin de mes. De igual manera le hemos explicado que la empresa, como propietaria y administradora de Agresso, puede modificar esos registros a su gusto cuando lo desee. Ante eso la inspectora ha requerido a la empresa para que instaure un sistema de firma digital en un plazo máximo de 30 días. Una vez instaurado, todo trabajador, cuando introduzca sus horas trabajadas, podrá quedarse con un documento firmado digitalmente que certifique esas horas introducidas. Eso eliminará las dudas de las horas trabajadas a lo largo del año.

Esperamos que en esta ocasión la empresa cumpla puntualmente los requerimientos de la Inspección de Trabajo

Un saludo.

La plantilla de excel de ‘Cálculo de Horas 2017’ ya está lista

Hola a todas y a todos.

Ya tenéis a vuestra disposición la plantilla para el cálculo de horas de 2017. Os recomendamos anotar a diario las horas trabajadas; de este modo podréis comprobar si superáis el máximo de 1772 horas anuales al final del año (Art. 20 del Convenio) y, en caso afirmativo, reclamar a la empresa que os las compense.

Para reclamar que no se trabajen esas horas podéis seguir los pasos indicados en la siguiente entrada de nuestra web.

Nota para los compañeros destinados en cliente: pese a tener que hacer el horario oficial del centro de trabajo del cliente en el que estáis (nunca el que os ha impuesto vuestro mánager de manera unilateral), cada mes deben hacerse como máximo las horas marcadas en el calendario de Alten Madrid (Art. 20.7 del Convenio). Si estando en cliente las superáis algún mes la empresa está obligada a reconocerlas como horas extras. En tal caso debe cotizarlas y pagarlas en tu nómina del mes siguiente, o en su caso compensarlas con descanso.

Para acabar os recordamos una vez más la vital importancia de no hacer horas extra. El Convenio (Art. 29.1.a) dice que se deben suprimir y, aunque la empresa insiste en que nadie las hace, sabemos que las hay. Pero os volvemos a recordar que su existencia implica, entre otros males, aumentar el paro y facilitar despidos. Por tu bien, por el de tus compañeros, e incluso por el de tus seres queridos (esos que no encontrarán trabajo porque está cubierto a base de horas extras fraudulentas e ilegales): nunca hagas horas extra.

Un saludo.

En 2017 la empresa pretende imponer de nuevo su calendario laboral

Buenos días.

Como viene siendo habitual año tras año, la dirección de Alten sigue publicando el calendario laboral sin negociar ni contar con la opinión de sus trabajadores. Pese a enviar nuestras propuestas con suficiente antelación para debatirlas y negociarlas, la dirección decide ignorarlas y colgar de los tablones su calendario anual. Sigue con su actitud despótica y de desprecio hacia sus trabajadores y sus representantes, negándose a sentarse en una reunión para siquiera tratar este tema y exponer las razones por la que nos niega siempre todas las propuestas. Esto es especialmente grave tras la denegación sistemática de la compensación de la jornada del año 2016; os recordamos que estamos recogiendo información sobre esto para denunciarlo también: envíanos información si te has visto afectado o afectada.

Con el calendario que impone la empresa nos encontraremos con los mismos problemas de siempre: horas de más sin compensar, dudas sobre el cómputo, etc. Os recordamos que las vacaciones se deben acordar y que se deben disfrutar dentro del año.

Os adjuntamos las propuestas enviadas:

  • Hora de entrada: de 7:30 a 10:00.
  • El máximo de horas anuales será de 1772 horas y 1765 para los antiguos trabajadores que venían del convenio de  oficinas y despachos.
  • A los trabajadores se les debe compensar el exceso de horas trabajadas mensualmente por descanso incrementado en un 75%, a disfrutar durante el resto del año vigente.
  • El tiempo de comida será entre 30 y 120 minutos. Dado el uso masificado de la sala del comedor entre las horas señaladas, los trabajadores no emplean más de 30 minutos habitualmente para la comida.
  • Jornada continua de 7 horas del 15 de junio al 15 de septiembre ambos inclusive.
  • Igualar el horario y jornada continua de los trabajadores de Servicios Transversales con los del resto del personal. A saber: que los trabajadores de Servicios Transversales tengan jornada continua de 7 horas todos los días entre el 15 de junio y el 15 de septiembre (ambos inclusive) y jornada de invierno (8’75 horas de lunes a jueves, 6 horas los viernes) el resto del año.
  • Días de vacaciones: 22 días laborables.
  • Los cambios de festivos serán compensados con un descanso de un 75% a disfrutar durante el resto del año vigente.
  • El límite anual máximo de horas establecido por nuestro convenio se reducirá para los trabajadores en situación de reducción de jornada, en la misma proporción que su reducción.
  • Días libres retribuidos: 1 por cada 5 días de vacaciones disfrutadas en jornada continua.
  • Días festivos de empresa: 24 y 31 de diciembre.

Un saludo.

Resultado a la encuesta de staff

Buenos días:

Nos ponemos en contacto con vosotros para informaros del resultado de la encuesta que hemos realizado recientemente entre los trabajadores de «staff» (servicios transversales). Las respuestas han sido las siguientes:

  • ¿Perteneces a ‘Staff’ o ‘departamentos transversales’?
    • Sí: 27 (38,03%)
    • No: 44 (61,97%)

Sobre los trabajadores que han respondido «Sí», las siguientes respuestas han sido:

  • ¿Estás satisfecho con tu horario (8 horas diarias, jornada continua en agosto y dos días de vacaciones adicionales, uno por semestre)?
    • Sí: 5 (18,52%)
    • No: 22 (81,48%)
  • ¿Quieres tener el mismo horario que el resto de trabajadores que no son de ‘staff’? Su horario actual consiste en 8,75 horas de lunes a jueves, 6 horas los viernes y jornada continua (7 horas) de 15 de junio a 15 de septiembre, ambos inclusive.
    • Sí: 24 (88,89%)
    • No: 3 (11,11%)

Estimamos que esas 27 respuestas suponen una participación del 27% del total de trabajadores de Staff (desconocemos la cifra exacta, esa es una información que la empresa no nos quiere entregar). Es decir, casi un tercio de dichos trabajadores. La respuesta mayoritaria ha sido claramente que no están de acuerdo con su horario actual y quieren tener el mismo horario que el resto de sus compañeros. Es por ellos que desde la Sección Sindical de CC.OO. seguiremos intentando que la empresa deje de discriminar a este colectivo de trabajadores (a los que ha separado del resto de forma totalmente arbitraria e impuesto las condiciones de trabajo que ha querido) e iguale los horarios de todos los empleados de Alten.

Finalmente, nos gustaría dar nuestro agradecimiento a aquellos que habéis respondido, más aún teniendo en cuenta el ambiente laboral enrarecido en el que os encontráis los compañeros de la segunda planta.

Un saludo.

La empresa ya ha impuesto el calendario 2016

Hola a todos.

La empresa, a su manera habitual, ya ha hecho público el calendario de 2016 para la sede de Madrid. No busquéis comunicado alguno, ni siquiera dentro de la intranet. Pero sí lo podéis encontrar en el tablón de la empresa en la planta 3 (sede de Cristalia) y escaneado en nuestra web.

En primer lugar hay que decir que por fin, tras años de contenciosos acabando ante la Audiencia Nacional, la empresa se ha sentado a la mesa con nosotros. Por imperativo de un juez, pero lo ha hecho. Esperamos que eso suponga un punto de inflexión en la relación con los trabajadores, y que de aquí en adelante esta reuniones se repitan.

Pero ahora hablemos de la celebrada la semana pasada. De los puntos sugeridos por nosotros la empresa no ha transigido en nada, salvo el primero, y más que nada por una razón de aritmética: las horas de exceso acumuladas podrían superar a ese único día.

El resto no, no y no. Puro estilo Alten.

Este extracto de la famosa serie Big Bang Theory sirve para mostrar (con humor, que nunca hay que perderlo) la actitud de la empresa, al menos en lo relativo a las negociaciones y lo que la dirección espera de los trabajadores. Se niegan a todas nuestras peticiones mientras desean que nosotros admitamos sus negativas sin rechistar.

Entre los noes destacamos uno: el relativo al horario de eso que llaman tanto ‘staff’ como ‘servicios transversales’. La Dirección (o su portavoz Enrique Aparicio Rivas, director del Departamento Jurídico) dejó bien claro que los compañeros de ‘staff’ no desean tener el mismo horario que los consultores. En sus palabras los compañeros de ‘staff’ están contentos con tener sólo un mes de jornada continua y el resto del año hacer ocho horas diarias. A este respecto en breve lanzaremos una encuesta para que los compañeros de ‘staff’ se pronuncien.

Queremos resaltar este punto dado que nos vienen llegando desde hace años correos de compañeros de ‘staff’ que se quejan de la diferenciación de horarios. A ellos les repetimos, otra vez, que la empresa dice lo contrario. Desde aquí os invitamos a juntaros y acudir a nosotros para poder presentar un frente unido y coherente, demostrando a la dirección el sentir real de los compañeros de ‘staff’.

Respecto a los otros temas tratados habría que resaltar los siguientes:

  • Según la empresa no es posible comer en menos de una hora, incluso la gente que come en el ‘office’. Nosotros sugerimos la posibilidad de poner un torno de control horario en el ‘office’, ya que de esa manera podrían comprobar que la gente no come en una hora. A raíz de este tema entenderemos a la perfección si, a partir de ahora, los compañeros que comen en el ‘office’ hacen sobremesa en él hasta cubrir esa hora obligatoria de comida.
  • La dirección sigue ausente a la realidad cotidiana de la empresa: según ellos nadie entra antes de las 8 de la mañana. De hecho la idea de ‘entro antes para irme antes’ se les hizo difícil de entender. En este asunto volvió a hablarse de las horas extras, esas que según Dirección nadie hace nunca (ni consultores ni compañeros de ‘staff’).
  • Imposible hacerles ver que un día de vacaciones de jornada continua no se puede equiparar a uno de jornada partida. En la mente de la dirección 8’75 horas equivalen a 7. Así no extraña que algunos se muestren recelosos ante la manera en que hacen las cuentas.

La reunión dio para poco más. Ante cualquier duda en relación a la misma preguntadnos.

Un saludo.

Sigue sin haber calendario de 2016 para Madrid

Hola a todos.

Como recordaréis, el pasado 15 de enero os presentamos nuestra propuesta al calendario que la empresa pretendía imponer para Madrid. Hoy debemos comunicaros que, tras enviar a la empresa dos intentos de sentarnos a la mesa, seguimos sin respuesta. La dirección tampoco ha colgado calendario alguno en el tablón, de tal manera que a día de hoy Alten Madrid sigue sin calendario vigente. La empresa, en su tónica habitual, se ha limitado a mantener un silencio pertinaz.

Pendientes de tomar medidas legales ante esta situación, os comunicaremos cualquier novedad que se produzca.

Un saludo.

Un compañero gana un juicio por una supuesta falta grave

Hola a todos.

Hace unos meses la empresa sancionó con falta grave (con suspensión de empleo y sueldo de siete días) a un compañero por una presunta ausencia de su puesto de trabajo. El compañero denunció ante los tribunales este hecho. Hace unos días nos hizo llegar la sentencia: ganó.

En este caso cobran especial importancia tanto la existencia de un protocolo de comunicación de ausencias (que según la empresa ha manifestado ante el juez, y así aparece en la sentencia, para notificar ‘permisos no retribuidos, permisos oficiales, vacaciones, o ausencias por enfermedad’ [sic]) como la presencia física de una persona en la entrada de la planta 3 de las oficinas de Madrid.

La empresa para aplicar la falta grave al compañero adujo por un lado que no había cumplido el protocolo; por otro lado usó a la persona que está en la puerta a modo de testigo de esa ausencia.

Sin entrar ahora en detalles del caso (complejo y que haría este comunicado demasiado extenso) de la sentencia se puede extraer una serie de conclusiones:

  1. La empresa invalida, otra vez, la palabra de los mánagers. El departamento jurídico se encarga, cuando hace falta, de deslegitimar las decisiones y declaraciones de los mánagers.
  2. Cuando quiere, la empresa admite que los empleados en ‘intercontrato’ hagan seis horas diarias, quitándoles con ello los tickets. Parece ser que si trabajas seis horas no tienes derecho a comer.
  3. La empresa ha validado y aprobado a empleados en ‘intercontrato’ partes con seis horas diarias, y lo ha hecho durante meses. Eso demuestra que en general no está mal visto que estando en ‘intercontrato’ hagas sólo seis horas… hasta que la dirección te pone en su punto de mira, claro. Entonces entra en acción el punto 1.
  4. El sistema de tornos falla. Eso lo sabe todo empleado que trabaje en la planta 3. Pero también lo ha visto el juez. Falla de tal manera (y con tal frecuencia) que carece de fiabilidad.
  5. La empresa declaró ante el juez que cuando falle un torno el empleado está obligado a informar de ello. Ya vemos lo que puede pasar si no lo haces y no dejas constancia de ello.
  6. Como muchos compañeros se habrán dado cuenta, hasta la fecha de publicación de la sentencia (finales de diciembre de 2015) se ha usado de manera sistemática la portilla para entrar y salir de la planta 3. La mayoría de las veces delante de la persona que se sienta en la entrada y con su beneplácito.
  7. La persona que se sienta en la entrada asegura, ante el juez, estar el 90% del tiempo en su puesto. Todos los días. Siempre. Los compañeros que están en la planta 3 quizá digan algo diferente.
  8. Pese a fallar los tornos, pese al uso frecuente de la portilla, la empresa nunca ha sancionado a nadie. Salvo, claro, si la empresa ve una oportunidad de incomodar a un empleado ‘no rentable’.
  9. En un comunicado a los trabajadores, aportado al juicio por la empresa (y como tal aparece en la sentencia), ésta admite que el sistema de tornos debe considerarse un sistema de seguridad, no de control de jornada.

Uniendo todos esos factores el juez determina la nulidad de la sanción. Además sirve como prueba del uso de varias varas de medir, según estés entre los empleados ‘bien vistos’ por los mánagers o el departamento jurídico o no. Si por una casual te cruzas en su camino encontrarás que prácticas que, si bien para otros compañeros no suponen ningún problema, en tu caso quizá acaben contigo en un juzgado… o en la cola del paro.

Por todo ello recomendamos:

  • A los empleados sin proyecto asignado que, a menos que tengan firmado por la empresa un documento en contra, hagan siempre el horario normal.
  • Que en caso de incidencia con los tornos se abra siempre una incidencia y se guarde copia de la misma.
  • Que nos comuniquéis cualquier trato discriminatorio o diferencial entre empleados.

Basta ya de tener compañeras y compañeros de primera y de segunda. Alguien en ‘intercontrato’ no es un paria ni un fracasado. En esas situaciones quien debe sentir presión son los mánagers: su trabajo consiste en buscar ocupación a los empleados.

Un saludo.

Respuesta al calendario de 2016 que pretende imponer la empresa

Hola a todos y todas.
Como viene siendo la tónica habitual en esta empresa, la dirección pretende imponer para 2016 las condiciones de calendario y horario sin siquiera tener en cuenta a los trabajadores. Para vuestro conocimiento en primer lugar os adjuntamos la voluntad de la empresa (151230 CALENDARIO LABORAL MADRID 2016). A continuación os indicamos los puntos que nosotros hemos solicitado negociar:
  • Cambiar el 30 de diciembre como día para compensar excesos de horas anuales por la última semana de diciembre, por si algún trabajador supera en 6 horas el máximo anual (por ejemplo cogiéndose todas las vacaciones en jornada continua).
  • A los trabajadores desplazados en clientes se les debe compensar el exceso de horas trabajadas mensualmente por descanso incrementado en un 75%, a disfrutar durante el resto del año vigente.
  • El tiempo de comida será  entre 30 y 120 minutos. Dado el uso masificado de la sala del comedor entre las horas señaladas, los trabajadores no emplean más de 30 minutos habitualmente para la comida.
  • Igualar el horario y jornada continua de los trabajadores de Servicios Transversales con los del resto del personal.
  • El límite anual de horas establecido se reducirá para los trabajadores en situación de reducción de jornada, en la misma proporción que su reducción.
  • Eliminar los apartados “Distribución irregular de la jornada” y “Trabajadores desplazados”, por ser copias literales del estatuto y convenio colectivo, respectivamente (es texto redundante).
  • Días libres retribuidos: 1 por cada 5 días de vacaciones disfrutadas en jornada continua.
  • Hora de entrada: de 7:30 a 9:30.
Esa propuesta se la remitimos el día 4 de enero. Todavía estamos a la espera de la contestación de la empresa y a que nos reúna para tratar este tema que afecta a tantos compañeros.
Un saludo a todos y todas.