Para recibir el nuevo año otros 24 despidos

Buenos días compañer@s.

Seguimos con la misma tendencia que últimamente se ha impuesto en Alten: cada tres meses se despiden al máximo de compañeros que permite la ley sin pasar por una negociación con los trabajadores. Es decir, cada tres meses se realizan cerca de 29 despidos, ya que si llegasen a 30 sería un ERE y tendrían que pasar por una negociación de 30 días con los representantes de los trabajadores.

Después de felicitarnos las fiestas el día 20 de Diciembre, los días 27, 28 y 30 de ese mes, nos llegaron las notificaciones de los despidos de nuestros compañeros: la empresa procedió a despedir a 24 compañeros con fecha 31 de Diciembre. Con cada una de estas tandas de despidos (os recordamos que pasó lo mismo en Mayo y Septiembre del año pasado) la empresa se esta gastando una cantidad muy elevada en indemnizaciones.

Por otro lado queremos informaros de que Alten según va despidiendo sigue contratando, con lo que en realidad la empresa sigue con una media de unos 1200 trabajadores a nivel nacional. Con esto queremos que quede claro que esta empresa no tiene como práctica habitual la recolocación de sus trabajadores, sino que prefieren despedir y contratar a nuevos trabajadores, antes que reubicar a los que ya tiene en nómina.

Un porcentaje muy elevado de las nuevas contrataciones se están realizando por obra y servicio, por lo que consideramos que Alten está derivando hacia una ETT pura y dura; esto siembra inseguridad  e inestabilidad en los trabajadores. Con esta forma de actuar, ¿dónde queda la tan nombrada carrera laboral en esta empresa?

Un saludo.

CCOO y los EREs

Hola a tod@s.

Os adjuntamos un comunicado realizado desde CCOO:

La Secretaría de Organización y Comunicación Confederal de CCOO ha
editado un número especial de Gaceta Sindical al calor del caso de los
ERE de Andalucía, que instruye la juez Mercedes Alaya, sobre el que se
han ido filtrando interesadamente distintas informaciones extendiendo
una injusta sombra de sospecha sobre la actividad de los principales
sindicatos del país, CCOO y UGT.

CCOO manifiesta su disposición a esclarecer con determinación los
hechos que están siendo juzgados; a colaborar con la Justicia y a
investigar hasta el último detalle para conocer todo lo ocurrido. CCOO
actuará con contundencia fuera y dentro del sindicato, si fuera
menester. Pero saldrá al paso de todas y cada una de las calumnias que
ciertos medios de comunicación vierten contra nosotros, y lo haremos
con todos los medios que la democracia pone a nuestro alcance.

Descargar Gaceta Sindical

Un saludo.

Comunicado conjunto de los comités de Francia, Bélgica e Italia

Hola a tod@s.

Los Comités de ALTEN de Francia, Bélgica e Italia, conocedores del duro proceso de ERE y MSCT que hemos sufrido todos los trabajadores y trabajadoras de ALTEN SPAIN, enviaron un comunicado de apoyo que os adjuntamos y traducimos al castellano en el cuerpo del presente correo: Comunicato_solidarita_Spagnoli_congiunto_11_03_2013_English_g.

Un saludo.

————

Solidaridad con los trabajadores y con los sindicatos obreros de Alten SPAIN

Los sindicatos obreros expresan el mayor grado de solidaridad con los trabajadores de Alten Spain que en los últimos días han sido afectados con una nueva reestructuración que ha implicado que 135 de estos trabajadores perdieran su trabajo, y 90 trabajadores antes de Julio de 2012.

El 24 de Enero de 2013, tras una larga negociación por parte de la Sección Sindical Estatal, se logró un acuerdo con Alten SPAIN  en el que se favorecían las bajas voluntarias así como un plan para reducir la bajada progresiva del salario, teniendo en cuenta las leyes del estado español.

La empresa accedió a formar una Comisión de seguimiento para controlar y monitorizar la implementación del Acuerdo.

Los sindicatos obreros esperan que se respeten los acuerdos firmados con los comités y que se respete la dignidad de los trabajadores que tanto han dado a la empresa y que han perdido sus puestos de trabajo.

  • Rsa Filcams-CGIL Alten Italy (Milano)
  • RSA Fisascat – CISL Alten Italy (Brescia)
  • FILACAMS-CGIL
  • Fisascat CISL – Brescia
  • Comfia CCOO Alten Spain
  • BBTK-Setca Alten Belgium

Creación de las comisiones de seguimient​o de la MSCT, y de Intercontr​atos y ERE

Hola a tod@s.

Tal y como se firmó en los acuerdos suscritos entre la empresa y la Representación Legal de los Trabajadores a raíz del ERE (Expediente de Regulación de Empleo) y la MSCT (Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo), os informamos que ya han sido creadas las dos comisiones de seguimiento que se indicaban en dichos acuerdos: la comisión de seguimiento de Intercontratos y la comisión deseguimiento de la MSCT.

Las comisiones están formadas por los siguientes delegados por parte de los representantes de los trabajadores:

  • Comisión de seguimiento de la MSCT:
    • Ignacio Borraz
    • María Luz Romero
    • Jaime Oviedo
  • Comisión de seguimiento de Intercontratos y ERE:
    • Alberto Benítez Sánchez
    • Adolfo Sanz Lara
    • Jordi Gras i Marsà
    • Francisco Ruiz Fernández

Estas comisiones se crearon el pasado día 14 de febrero, cuando tuvieron lugar las primeras reuniones para su creación, y para ambas, ha habido una segunda reunión el día 5 de marzo.

Queremos resumiros los puntos principales que se han tratado en ambas comisiones:

Comisión de seguimiento de la MSCT:

  • Se entregó por parte de la empresa el listado de todas las direcciones de correo electrónico de todos los empleados, con lo que a partir de ahora, los comunicados que se envíen por parte de la RLT no pasarán el filtro de la empresa.
  • Se han detectado (por ambas partes) errores en el cálculo de variabilización en las nóminas de trabajadores con reducción de jornada. La empresa ha informado que se solventarán en la nómina de marzo.
  • La empresa ha entregado información sobre la facturación de la empresa del mes de enero de este año y del anterior y la seguirá entregando mes a mes.
  • La RLT ha solicitado nóminas de los meses de diciembre de 2012 y febrero de 2013 de trabajadores con distintos rangos de salario para comprobar que la variabilización se realiza de forma correcta.
  • La empresa ha entregado el modelo de documento a firmar para solicitar teletrabajo. La RLT va a proceder a su estudio y a proponer a la empresa un procedimiento para que la solicitud de teletrabajo sea ágil y efectivo, y cumpla con toda la legalidad vigente.
  • La empresa ha entregado información sobre los trabajadores que se encuentran actualmente de baja por IT (incapacidad temporal), así como la información de las cotizaciones de toda la plantilla. Se ha comprometido a proporcionar esta información de forma periódica.

Comisión de seguimiento de Intercontratos y ERE:

  • La empresa nos está dando la lista de compañeros sin proyecto (en situación de ‘Intercontrato’), los currículums de estos compañeros (el que el CV está más o menos actualizado depende del trabajador).
  • La empresa nos ha dado una relación de plazas a cubrir en proyectos que nos actualiza puntualmente todas las semanas.
  • Se posee un listado de excompañeros afectados por el ERE que se adscribieron a las medidas de búsqueda de empleo. Dicho listado se ha comparado con el de la empresa, optimizando y completando los datos.
  • Se está cruzando toda esa información (de la gente en Intercontrato y de la gente en el ERE) para tratar de encajar a compañeros y excompañeros en ofertas vacantes. Ya se ha conseguido colocar a varias personas en las dos situaciones (unos 27 entre los dos casos).
  • Se está entrando en contacto con los trabajadores (y extrabajadores del ERE) para tener una idea concreta y al día de sus necesidades.
  • Se está haciendo un seguimiento a la empresa LHH, contratada para buscar trabajo a los compañeros del ERE.
  • Se ha logrado unificar y estandarizar el modelo de CV, así como que la empresa los exporte de manera automática desde los datos de CV que hay en la intranet. Así mismo se está preparando una herramienta de gestión más efectiva para agilizar y optimizar la búsqueda de proyectos.
  • Se está preparando un plan urgente de formación por lo que se están realizando sondeos entre la gente en intercontrato y afectados por el ERE que se acogen a las medidas de acompañamiento, ya que va orientado exclusivamente a ellos de momento,  con visión de emplearlos para la plataforma de formación de Alten a futuro.
  • Se está trabajando para que la gente en intercontrato prepare/tutorice cursos para otros compañeros.
  • Se está trabajando con la empresa para que la gente en intercontrato aproveche su tiempo trabajando con Adecco en proyectos con diferentes ONG.
  • Se están realizando entrevistas personales, de momento telefónicas, para completar los perfiles y tener así más posibilidades de asignación a proyecto.

Desde las dos comisiones queremos daros las gracias a todos por vuestra colaboración y apoyo a estas comisiones y, en general, a los comités de empresa.

Un saludo.

Plazo ampliado para acogerse a las medidas de acompañamiento del ERE

Hola a td@s.

Este comunicado está dirigido a los compañeros que se han visto afectados por el ERE.

En el burofax que os remitió la empresa informándoos de que estabais afectados por el ERE también se os comunicó la posibilidad de acogerse a un paquete de medidas de acompañamiento que tenían como propósito ayudaros a recolocaros. En el burofax la empresa daba un plazo de respuesta de 10 días para cogerse a esas medidas.

Pues bien, hemos de informaros que se ha acordado ampliar ese plazo hasta el día 28 de febrero: aun podéis adheriros a estas medidas. Si queréis hacerlo seguid las instrucciones que se indicaban en el burofax, o en caso de duda dirigíos a Gestión de Personal.

Si conocéis a algún compañero que se encuentre en esta situación y pensáis que puede estar interesado, hacedle llegar este comunicado.

Un saludo y gracias.

Forma y efectos de la extinción por causas objetivas (ERE)

Hola a tod@s.

Para que no os coja por sorpresa os describimos la manera en la que la ley describe el trámite de la comunicación del ERE (podéis consultar el Estatuto de los Trabajadores, Art. 53 para todos los detalles de este tema).

  • Se os debe dar una comunicación por escrito expresando la causa del despido.
  • Simultáneamente con la comunicación deben entregar la indemnización, en nuestro caso según las condiciones firmadas.
  • Dicha comunicación se entrega como preaviso del despido. A partir de la misma se abre un plazo de 15 días de trabajo en los que dispones de un permiso retribuido de seis horas semanales para buscar trabajo.
  • Al cabo de los 15 días se consumará el despido, con lo que se te entregará un finiquito por los días trabajados ese mes.

¿Qué está haciendo la empresa? Está enviado burofaxes a casa a cada afectado por el ERE dando por concluida la relación laboral. En el burofax debería venir detallado y desglosado el finiquito y la indemnización, además de lo arriba indicado. Los 15 días de preaviso la empresa los está compensando económicamente, ante lo cual carecen de sentido los permisos de 6 horas.

Si en el burofax hay algún dato o cifra que no se ajuste a lo que esperas debes ponerte en contacto con la empresa (con RRHH) y concertar una cita para solventarlo. Si quieres nos puedes pedir tanto asesoramiento como acompañamiento.

Si aun así sigues teniendo dudas o no estás de acuerdo con lo indicado en el burofax el paso siguiente sería presentar una denuncia: en ese caso os recomendamos no firmar el finiquito (NO SIRVE FIRMAR ‘NO CONFORME’) y acudir a un abogado o a la asesoría del sindicato (teléfono 915365163).

Un saludo.

La indemnización del ERE está exenta de tributar IRPF (y hoja excel de cálculo)

Hola a tod@s.

Ante las numerosas consultas que a raíz del ERE nos han llegado debemos aclarar el siguiente concepto: la indemnización que van a cobrar los afectados por el ERE está exenta de tributación de IRPF.

Tenéis la información detallada en la web de la Agencia Tributaria (lo podéis consultar al final de la página).

Además deciros que las personas que actualmente disfruten de reducción de jornada por guarda legal su indemnización se calcula sobre el 100% de su sueldo (sin la reducción).

Adjuntamos una hoja excel para el cálculo aproximado del finiquito e indemnización: Calculo cantidades ERE.

Os recordamos que para aclararos las posible dudas que supone este trámite podéis pedir la presencia de un miembro de la R.L.T. (respetando el horario laboral).

Un saludo.

Nota: en la hoja excel sólo hay que editar con tus datos personales los campos en negrita del cuadro verde clarito (arriba). Si sales en un día distinto de 31/1/2013 también debes cambiar ese valor.

Forma de adherirse voluntariamente al ERE

Hola a tod@s.

Como ya sabes se ha llegado a un acuerdo para la realización de un ERE en la empresa. Para el mismo se ha conseguido acordar la posibilidad de adherirse al mismo.

Condiciones de la bolsa

  • Puedes comunicar tu interés para entrar en la bolsa hasta el día 28 de Enero de 2013, hasta las 12 del mediodía.
  • Los adscritos a la bolsa obtendrían una indemnización de 25 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.
  • La concesión de estas extinciones está sujeta a que no cause un perjuicio a los proyectos de la Compañía y al funcionamiento de los departamentos transversales.

Estas extinciones descontarán del número total de 135 trabajadores afectados.

Cómo informar a la empresa de que quieres adherirte a la bolsa voluntaria

Debes realizar la solicitud conforme con al procedimiento que a continuación describimos.

Debes enviar un correo electrónico a los siguientes destinatarios, todos visibles (ninguno en copia oculta):

Como contenido mínimo del correo anterior ha de aparecer:

  • nombre y apellidos,
  • teléfono,
  • mánager o responsable,
  • cliente y proyecto, o bien situación de Intercontrato,
  • puesto de  trabajo,
  • conocimientos,
  • formación.

¿Tengo derecho a paro si me adhiero voluntariamente al ERE?

A este pregunta la respuesta es sí, sí tienes derecho a cobrar el subsidio de paro, ya que llegas al SEPE proveniente de un ERE.

Un saludo.

Acuerdo final sobre el ERE

Hola a tod@s.

Os informamos que finalmente ayer, 23 de enero, cerca de la medianoche, materializamos un acuerdo con la empresa sobre el ERE. Este acuerdo contempla las condiciones que se negociaron y ratificaron en las asambleas de trabajadores realizadas en todos los centros el pasado día 16 de enero, y que pasamos a exponeros:

1.       El ERE no afectará a más de 135 trabajadores. Sin perjuicio de lo anterior este número podrá ser reducido en la medida que las extinciones que se puedan producir con motivo de las rescisiones del artículo 41 (recientemente acordado entre las partes), siempre y cuando no perjudique al buen funcionamiento de los proyectos de la Compañía.

2.       Las indemnizaciones de los trabajadores afectados por el ERE ascenderá a 30 días de salario por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades.

3.       Plazo de ejecución: Las extinciones se efectuarán entre los días 28 de Enero y 8 de Febrero de 2013.

4.        Se abre una bolsa de extinciones de contratos voluntarias hasta el día 28 de Enero de 2013, hasta las 12 del mediodía, con una indemnización de 25 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. La concesión de estas extinciones está sujeta a que no cause un perjuicio a los proyectos de la Compañía y al funcionamiento de los departamentos transversales. Estas extinciones descontarán del número total de 135 trabajadores afectados.

La solicitud conforme a este punto 4, deberá realizarse de conformidad con el siguiente procedimiento:

a)    Por correo electrónico enviado a su manager o responsable, al departamento de administración de personal (gestiondepersonal@es.alten.com) y la representación legal de los trabajadores (alten@comfia.ccoo.es).

b)   Como contenido mínimo del correo anterior ha de aparecer: nombre y apellidos; teléfono; manager o responsable; cliente y proyecto o bien situación de Intercontrato; puesto de  trabajo, conocimientos y formación.

5.       La lista de 135 trabajadores afectados, queda supeditada a la lista que se elaborará de manera definitiva el día 28 de Enero de 2013, una vez que se haya ejercitado por los trabajadores las facultades recogidas en los acuerdos 1 y 4, la cual será revisada y aprobada por una Comisión firmada por un miembro de la Representación Legal de los Trabajadores y otro en representación de la Empresa.

6.       Derecho de reingreso preferente en las vacantes del mismo o similar grupo profesional que se produzcan en la empresa dentro del plazo 6 meses desde la fecha de la salida de la empresa. En este sentido y en caso de existir una vacante que se adapte al perfil del trabajador despedido por el ERE, éste tendrá un derecho de reingreso preferente antes a la contratación de un tercero y será sometido, una vez llamado, a las pruebas que el cliente o ALTEN SPAIN estimen pertinente.

Los trabajadores que se reincorporen, una vez que han salido por el ERE, perderán la antigüedad en la Compañía y firmarán un nuevo contrato con unas nuevas condiciones económicas según su nueva posición.

7.       Los trabajadores que salgan de la Empresa con motivo del ERE tendrán un derecho a formación en un plazo de 6 meses desde la fecha de inicio de la medida extintiva, para adecuarse a su posible reincorporación conforme a los parámetros de la Compañía y necesidades del negocio.

8.       Los trabajadores que salgan de la Empresa con motivo del ERE se les mantendrá el seguro médico durante un plazo de 6 meses desde la fecha de inicio de la medida extintiva, salvo que sean contratados por una nueva empresa, en este momento perderán este derecho otorgado por ALTEN.

9.       El trabajador se compromete a mantener actualizada su situación laboral y sus datos, comunicando las variaciones que puedan tener lugar al Departamento de Administración de Personal, así como su interés en mantener vigentes los derechos preferentes aquí establecidos.

10.   Se creará una comisión de seguimiento paritaria de los IC’s donde tenga representación la empresa y la RLT, que finalizará el día 31 de Diciembre de 2013, prorrogable anualmente por acuerdo entre las partes. Esta comisión tendrá como objetivos:

a)    Primar la recolocación de los IC conforme a su perfil profesional y vacantes existentes en la empresa y sus proyectos.

b)   Que los IC’s tengan la formación adecuada y demandada en el mercado para su pronta recolocación, conforme a los medios y recursos de la empresa. Estará en permanente comunicación con el Dpto. de Formación para coordinar la formación de los IC´s e impulsar los cursos necesarios.

c)    Seguimiento de los IC´s y sus aptitudes y comportamientos ante clientes y entrevistas.

d)   La comisión velará por mantener la tasa de ICs por debajo del 6%.

e)   Se creará un reglamento de funcionamiento interno y las reuniones serán mensuales y se levantará un acta de cada reunión. La empresa presentará en cada reunión un informe actualizado de IC´s existentes y de vacantes presentes y posibles.

f)     Seguimiento y control del derecho de reingreso de los empleados afectos al ERE.

g)    Los trabajadores en situación de IC’s que presten sus servicios como formadores a favor de otros trabajadores, dentro de la Empresa, imputarán sus horas de trabajo dentro de un proyecto específico de formación.

 

NOTA IMPORTANTE: Tal y como se indica en el punto 4, para las extinciones voluntarias, hay de plazo máximo hasta el lunes 28 de enero a las 12 del mediodía. Por lo que os aconsejamos que los que estáis convencidos de querer solicitarla, lo hagáis lo antes posible, y os aseguréis de poner en copia en vuestros correos a las direcciones que se indican.

Un saludo.

Acerca de la situación del ERE

Hola a tod@s.

Nos dirigimos a todos para informaros que seguimos a la espera que la Dirección de la empresa retire el actual ERE (Art. 51) como se acordó el pasado lunes 14 en el SIMA y firmar el acuerdo que se aprobó en las asambleas celebradas en los centros de trabajo de Barcelona, Madrid y Valladolid.

Otra posibilidad es que la Dirección acepte las condiciones para el ERE aprobadas en la asamblea, tal y como propuso a la RLT y os trasladamos:

ARTÍCULO 51 DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES.- EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO.

  1. El ERE no afectará a más de 135 trabajadores, descontando a los trabajadores que hayan rescindido su contrato en virtud de la modificación sustancial de condiciones de trabajo (art. 41).
  2. Las indemnizaciones de los trabajadores afectos por el ERE ascenderá a 30 días de salario por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades.
  3. Se abre una bolsa de extinciones voluntarias para acogerse al 51, será de 25 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Debiendo solicitarse en un plazo de 6 meses desde la fecha de inicio de la medida extintiva, estando sometido a que no se cree ningún perjuicio al negocio de la Compañía.
  4. Las personas que salgan de la Empresa con motivo del ERE tendrán un derecho de reincorporación preferente en el plazo de 6 meses desde la fecha de inicio de la medida extintiva. Los trabajadores que se reincorporen perderán la antigüedad en la Compañía.
  5. Los trabajadores que salgan de la Empresa con motivo del ERE tendrán un derecho a formación en un plazo de 6 meses desde la fecha de inicio de la medida extintiva, para adecuarse a su posible reincorporación conforme a los parámetros de la Compañía y necesidades del negocio.
  6. Los trabajadores que salgan de la Empresa con motivo del ERE se les mantendrá el seguro médico durante un plazo de 6 meses desde la fecha de inicio de la medida extintiva.

Ante la alternativa que la Dirección de la empresa ejecute el ERE (Art.51) con las condiciones iniciales (20 días de indemnización) en vez de las condiciones indicadas (30 días de indemnización, 25 días para voluntarios que descontarían del número de afectados), nos veremos obligados a tomar las medidas oportunas que la ley nos permite.

Un saludo.