Acerca de la situación del ERE

Hola a tod@s.

Nos dirigimos a todos para informaros que seguimos a la espera que la Dirección de la empresa retire el actual ERE (Art. 51) como se acordó el pasado lunes 14 en el SIMA y firmar el acuerdo que se aprobó en las asambleas celebradas en los centros de trabajo de Barcelona, Madrid y Valladolid.

Otra posibilidad es que la Dirección acepte las condiciones para el ERE aprobadas en la asamblea, tal y como propuso a la RLT y os trasladamos:

ARTÍCULO 51 DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES.- EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO.

  1. El ERE no afectará a más de 135 trabajadores, descontando a los trabajadores que hayan rescindido su contrato en virtud de la modificación sustancial de condiciones de trabajo (art. 41).
  2. Las indemnizaciones de los trabajadores afectos por el ERE ascenderá a 30 días de salario por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades.
  3. Se abre una bolsa de extinciones voluntarias para acogerse al 51, será de 25 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Debiendo solicitarse en un plazo de 6 meses desde la fecha de inicio de la medida extintiva, estando sometido a que no se cree ningún perjuicio al negocio de la Compañía.
  4. Las personas que salgan de la Empresa con motivo del ERE tendrán un derecho de reincorporación preferente en el plazo de 6 meses desde la fecha de inicio de la medida extintiva. Los trabajadores que se reincorporen perderán la antigüedad en la Compañía.
  5. Los trabajadores que salgan de la Empresa con motivo del ERE tendrán un derecho a formación en un plazo de 6 meses desde la fecha de inicio de la medida extintiva, para adecuarse a su posible reincorporación conforme a los parámetros de la Compañía y necesidades del negocio.
  6. Los trabajadores que salgan de la Empresa con motivo del ERE se les mantendrá el seguro médico durante un plazo de 6 meses desde la fecha de inicio de la medida extintiva.

Ante la alternativa que la Dirección de la empresa ejecute el ERE (Art.51) con las condiciones iniciales (20 días de indemnización) en vez de las condiciones indicadas (30 días de indemnización, 25 días para voluntarios que descontarían del número de afectados), nos veremos obligados a tomar las medidas oportunas que la ley nos permite.

Un saludo.

Resultados de las reuniones con la empresa de estos últimos días

Hola a tod@s.

Como sabréis todos los que vinisteis a la asamblea de ayer, estuvimos reunidos con la empresa hasta ultimísima hora, incluso solapándose con el inicio de la propia asamblea. Es por ello que tuvimos que leéroslo a viva voz, no habiendo tiempo físico para imprimirlo y haceros entrega a todos de los puntos. De igual manera la asamblea, el recuento, el proceso de coordinación con Valladolid y Barcelona hizo que nos fuéramos de hora como para poder enviarlo de una manera adecuada.

Esta propuesta se ha llevado a las 13:00 al SIMA para que, ante los mediadores, se materialice en un acuerdo con valor de ley. Para los no presentes en la asamblea (y también a los presentes) recordar que nada de lo abajo indicado está firmado por la empresa: ésta se puede desdecir en cualquier momento. Tampoco está firmado por nosotros: tal cual como ahora lo leéis se leyó a los presentes para su validación y apoyo mediante votación confidencial.

Procedemos a transcribir el contenido del documento aprobado por la votación de los presentes en la asamblea.

Un saludo.

***

ARTÍCULO 51 DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES.- EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO.

  1. El ERE no afectará a más de 135 trabajadores, descontando a los trabajadores que hayan rescindido su contrato en virtud de la modificación sustancial de condiciones de trabajo (art. 41).
  2. Las indemnizaciones de los trabajadores afectos por el ERE ascenderá a 30 días de salario por año trabajado, con un límite de 12 mensualidades.
  3. Se abre una bolsa de extinciones voluntarias para acogerse al 51, será de 25 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Debiendo solicitarse en un plazo de 6 meses desde la fecha de inicio de la medida extintiva, estando sometido a que no se cree ningún perjuicio al negocio de la Compañía.
  4. Las personas que salgan de la Empresa con motivo del ERE tendrán un derecho de reincorporación preferente en el plazo de 6 meses desde la fecha de inicio de la medida extintiva. Los trabajadores que se reincorporen perderán la antigüedad en la Compañía.
  5. Los trabajadores que salgan de la Empresa con motivo del ERE tendrán un derecho a formación en un plazo de 6 meses desde la fecha de inicio de la medida extintiva, para adecuarse a su posible reincorporación conforme a los parámetros de la Compañía y necesidades del negocio.
  6. Los trabajadores que salgan de la Empresa con motivo del ERE se les mantendrá el seguro médico durante un plazo de 6 meses desde la fecha de inicio de la medida extintiva.

ARTÍCULO 41.- MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO.

  1. Las horquillas de variabilización estarán establecidas en tramos progresivos. Al Sueldo Bruto Anual (SBA) se le restan los primeros 18000€, que quedan exentos. A partir de esa cifra se han configurado tramos a los que se aplica un determinado porcentaje de descuento. El porcentaje se incrementa en tramos de mayor SBA. Por ejemplo, el tramo situado entre 60001 y 64000 tiene un porcentaje de descuento mayor que el tramo de 20001 a 24000. Os adjuntamos un simulador de descuento: SIMULADOR_VARIABILIZACION
  2. Cifra de facturación anual de la Compañía que se establece para el abono a los trabajadores del salario fijo anual variabilizado:
    Valor % recuperación
    60.000.000 € a 61.999.999 € 25%
    62.000.000 € a 62.999.999 € 100%
    63.000.000 € a 63.999.999 € 125%
    64.000.000 € a 65.999.999 € 150 %
    A partir de 66.000.000 200%
  3. En caso de que se consigan estos importes en la facturación de la Compañía, se abonarán estos importes en Enero de 2014 (ejercicio 2013), en Enero de 2015 (ejercicio 2014) y en Enero de 2016 (ejercicio 2015), según su correspondiente consecución.
  4. Las indemnizaciones por extinción de contrato durante la vigencia del Art. 41 incluirán para su cálculo la parte de salario variabilizado con esta medida.
  5. La durabilidad de la variabilización tiene que estar limitada hasta el 31 de diciembre del 2015. A partir del 1 de Enero de 2016 la variabilización quedará sin efectos, integrándose el importe variabilizado dentro del salario fijo bruto anual. Esto se establece, sin perjuicio de posteriores negociaciones.
  6. Los trabajadores que se han incorporado con posterioridad al 18 de diciembre de 2012 no se verán afectados por la MSCT.
  7. Se creará una comisión de seguimiento de estas MSCT y del ERE con participación paritaria de la empresa y de la RLT. Esta comisión se reunirá mensualmente. Su labor será la de vigilar que se cumplen los acuerdos alcanzados disponiendo de la información necesaria para cumplir este seguimiento (comprobación de variabilización en nóminas, balances de situación de la empresa mensuales, etc.).
  8. Se creará una comisión de seguimiento paritaria de los IC’s donde tenga representación la empresa y la RLT. Esta comisión se encargaría de que los IC’s tuviesen la formación adecuada y demandada en el mercado. Los IC’s no deben contar como IC’s mientras se les esté formando o estén elaborando material de formación para otros trabajadores o haciendo de profesores. La comisión velará por mantener la tasa de ICs por debajo del 5%.
  9. Complementación de las bajas. Se mantendrá a los trabajadores que hayan ingresado antes del 1 de Febrero de 2013, al resto de trabajadores les será de aplicación lo dispuesto en el Convenio Colectivo hasta la finalización del período de la aplicación del artículo 41 ET. Aquellos que hayan entrado con posterioridad a dicha fecha en la Compañía se les complementará desde el primer día en los supuestos de enfermedad grave y/o maternidad.
  10. Incentivar el teletrabajo siempre y cuando la solicitud de teletrabajo no afecte al negocio. Fijar condiciones de teletrabajo.
  11. Eliminación de horas extras. Información mensual REAL a la comisión de seguimiento de las horas extras que se realicen. (art. 29 del convenio 1d).
  12. Reducciones de jornada o jornada continuada a aquellos trabajadores que la pidan y que no afecte al desarrollo de su trabajo en cliente.
  13. Posibilidad de excedencias sin sueldo con garantía de mantenimiento de trabajo mientras dure la MSCT. Flexibilizando lo indica art 46.2 del ET y 33 TIC, siempre y cuando no se cause un perjuicio al negocio.
  14. Fomentar los permisos voluntarios sin sueldo (Art. 23 del Convenio), siempre y cuando no se cause un perjuicio al negocio.
  15. Cuando entre un trabajador nuevo en la empresa, se entregará a la RLT junto con la copia básica de su contrato su dirección de correo corporativo. Puesta al día con entrega a la RLT de la lista de los trabajadores actualmente activos con su correo.

Resultado de la votación en las Asambleas de 16/1/2013

Hola a tod@s.

Tras el recuento de los votos emitidos en las Asambleas de Valladolid, Barcelona y Madrid, hemos de anunciar que el resultado ha sido el siguiente:

  • Votos emitidos: 289
  • Votos nulos: 6
  • Votos en blanco: 7
  • Votos SÍ: 211
  • Votos NO: 65

Resultados en Madrid:

  • Votos emitidos: 181
  • Votos nulos: 6
  • Votos en blanco: 6
  • Votos SÍ: 111
  • Votos NO: 58

Resultados en Barcelona:

  • Votos emitidos: 59
  • Votos nulos: 0
  • Votos en blanco: 1
  • Votos SÍ: 53
  • Votos NO: 5

Resultados en Valladolid:

  • Votos emitidos: 49
  • Votos nulos: 0
  • Votos en blanco: 0
  • Votos SÍ: 47
  • Votos NO: 2

Con lo cual los representantes de los trabajadores, haciéndose eco de la voluntad de las Asambleas, procederemos a continuar las negociaciones mañana en el SIMA con la propuesta explicada en la asamblea.

Gracias a todos por vuestra participación.

Un saludo.

CONVOCATORIA DE ASAMBLEA DÍA 16 A LAS 18:00

Hola a todas/os,

En vista de las negociaciones que se están llevando a cabo entre la empresa y la RLT, os convocamos a una asamblea de trabajadores, MAÑANA DIA 16 a las 18:00, en C/ Vía de los poblados, 3 Edificio: 5, 3ª planta, con el siguiente orden del día:

  1. Información del resultado de las negociaciones.
  2. Ratificación del acuerdo si cabe.
  3. Ratificación de la Huelga Indefinida si cabe.

Las ratificaciones se harán mediante la votación de las personas presentes en la asamblea y se permitirá el voto delegado entregando una fotocopia del DNI a una persona que asista a la misma.

La empresa ha autorizado debidamente la asistencia del personal desplazada a clientes.

Un saludo.

Comunicado Reunión SIMA y plazos de rescisión

Hola a tod@s:

Tras la reunión con la empresa en el SIMA (adjuntamos el acta) hemos convenido realizar dos reuniones más, en la sede de la empresa en Madrid, mañana y pasado a las 9:30.

El resultado de esas reuniones, cualquiera que sea, lo llevaremos a las Asambleas el próximo 16 de enero (queda por concretar la hora).

Por el momento no hemos hablado de las propuestas que se van a discutir, pero podéis tener la seguridad de que llevaremos todas las que nos habéis hecho llegar.

Por otro lado, continuando con el comunicado de ayer, hoy hemos consultado con el sindicato las dudas que teníamos sobre los plazos para pedir la rescisión. Lo único que sabemos es que la ley y la jurisprudencia no está clara. En los servicios jurídicos hay dos opiniones diferentes:

– Que hay 20 días desde la fecha de comunicación por parte de la empresa de las medidas (día límite: 28 de enero).

– Que hay 20 días desde la fecha de aplicación de las medidas, que si no se modifica por la negociación actual, se consideraría el 15 de enero (día límite: 3 de febrero).

En cualquier caso, si estáis convencidos de que queréis rescindir el contrato, sea cual sea el resultado de las negociaciones, enviad un correo a la empresa adjuntando la petición de rescisión. Como está en curso una negociación os aconsejamos que esperéis.

Os mantendremos informados.
Un saludo.

Resultado de la votación en las Asambleas de 10/1/2013

Hola a tod@s.

Tras el recuento de los votos emitidos en las Asambleas de Valladolid, Barcelona y Madrid, hemos de anunciar que el resultado ha sido el siguiente:

  • Votos emitidos: 362
  • Votos nulos: 1
  • Votos en blanco: 9
  • Votos SÍ: 266
  • Votos NO: 86

Resultados en Madrid:

  • Votos emitidos: 232
  • Votos nulos: 1
  • Votos en blanco: 3
  • Votos SÍ: 168
  • Votos NO: 60

Resultados en Barcelona:

  • Votos emitidos: 85
  • Votos nulos: 0
  • Votos en blanco: 0
  • Votos SÍ: 60
  • Votos NO: 25

Resultados en Valladolid:

  • Votos emitidos: 45
  • Votos nulos: 0
  • Votos en blanco: 6
  • Votos SÍ: 38
  • Votos NO: 1

Con lo cual los representantes de los trabajadores, haciéndose eco de la voluntad de las Asambleas, procederemos a continuar las negociaciones según las siguientes condiciones:

  • Aplazar el Art. 41 (Variabilización del salario) con Negociación hasta el 17 de Enero. Aplicación 1 de Febrero.

  • Retirada del Art. 51 (ERE) y compromiso de no abrir otro nunca antes del 21 de Enero

  • Suspender la Huelga hasta llegar a un acuerdo.

Gracias a todos por vuestra participación.

Un saludo.

Convocator​ia Urgente Asamblea Trabajador​es, el 10 de enero a las 18:00 horas

Hola a tod@s.

Ante todo queremos daros las gracias a todos los que habéis secundado la huelga estos días.

Tras la reunión de hoy en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) queremos comunicaros que la empresa retiraría el ERE de 141 trabajadores para intentar potenciar las salidas voluntarias derivadas de la aplicación de las modificación sustancial de las condiciones de trabajo; todo ello siempre y cuando se ratifique en Asamblea. Por ello hemos acordado:

  • Suspender (no desconvocar) la huelga durante los días 10, 11 y 14. Por ello recomendamos a todos los trabajadores acudir a sus puestos de trabajo a partir de mañana, día 10 de enero de 2013.
  • Convocar Asamblea para mañana 10 de enero a las 18:00 horas en todos los centros de trabajo de Alten en España. La empresa autoriza la asistencia de todos los trabajadores a la Asamblea en ese horario.
  •              ORDEN DEL DÍA
    · Resumen de lo tratado en la reunión con la empresa en el SIMA.
    · Explicación de los compromisos alcanzados.
    · Ratificación o no de estos compromisos mediante votación.
    · Ruegos y preguntas.
  • Volver a reunirnos con la empresa en el SIMA el lunes 14 a las 13:00 horas.

Es muy importante la asistencia de todos a la Asamblea porque en ella vamos a explicar los detalles de esta propuesta obtenida en la mediación en el SIMA, solventaremos las dudas que nos planteéis y realizaremos una votación formal para decidir qué hacer.

Os esperamos mañana.

Resumen asamblea de 2 de enero de 2013

Hola a tod@s.

Enviamos este comunicado a posteriori del que ya remitimos ayer tras la asamblea. Estamos saturados de trabajo y de las decenas de preguntas y peticiones que nos hacéis, por lo que sólo ahora hemos tenido tiempo de enviar este resumen.

En el día de ayer se celebró una asamblea de empresa referente a la situación del proceso de E.R.E. y de M.S.C.T. (modificación sustancial de las condiciones de trabajo, art. 41 del E.T.) que la empresa ha planteado a los trabajadores pocos días antes de Navidad.

En ella os hemos informado de que, tal y como pedisteis en la asamblea anterior, no se ha iniciado proceso negociador alguno, limitándonos a recoger al detalle las intenciones de la empresa y, con esa información, consultaros sobre lo que el bloque de trabajadores queremos hacer. Se ha explicado en la reunión que, con los datos aportados por la empresa, la situación económica no es del todo positiva.

Como respuesta a esto numerosos de los presentes han comentado que porqué en tiempos de bonanza ésta no ha repercutido en la plantilla y sin embargo, cuando el panorama es malo, sí que se exige a los trabajadores que asuman el peso del coste de la situación. De igual manera se ha recordado que la mayoría de los presentes llevan años con el sueldo congelado, lo que ya supone por sí mismo una bajada de sueldo. También han surgido comentarios referentes a que estas medidas que propone la empresa no dan solución al problema de fondo (la evidente mala gestión de la empresa), simplemente aplazándolo mediante medidas económicas. Y es que la opinión general entre los presentes es que la mala gestión por parte de la dirección (y de los mánagers) supone uno de los más serios problemas que padecemos.

Tras ello se ha iniciado un periodo de recepción de propuestas de soluciones a esta situación, entre las que destaca la de que (siguiendo el modelo alemán) los trabajadores tengan peso en las decisiones empresariales. También se ha hablado de potenciar la formación usando a los compañeros que están sin proyecto, o de reducir costes de parafernalia (plazas de garaje, coches de alta gama, eventos, etc.), regularización de los sueldos por categoría, creación de un departamento comercial puro y de manera estanca otro de gestión de proyectos (no como ahora, que todo recae en mánagers que no comparten entre sí información), entre otras medias. Otra de las medidas a destacar es la supondría poner nombres y apellidos a los responsables de la situación de la empresa (cargos de la directiva, dado el evidente problema de pésima gestión), y que se les despida.

Posteriormente se le descrito a la asamblea la situación que nos plantea la empresa: no si retiramos la convocatoria de huelga aplazaría la M.S.C.T. Pero con la aclaración de que ese aplazamiento no implica que el conjunto de medidas (u otras diferentes) la retire. Como contrapartida a esa desconvocatoria de la huelga la empresa tampoco no nos ha propuesto nada concreto que no suponga un serio deterioro de las condiciones laborales de los trabajadores.

Explicada esta situación se ha sometido a consulta de los trabajadores reunidos, planteando dos opciones:
anular la convocatoria de huelga, que se anulen las M.S.C.T. que expiran hoy, y pedir a la empresa que se inicie un periodo de negociaciones
seguir con la convocatoria de huelga para el día 8 de enero, huelga que sólo se desconvocaría si la empresa se compromete a sentarse con los trabajadores a negociar sin plazos ni presiones.

La mayoría de los presentes ha optado por continuar con la convocatoria de huelga y exigir a la empresa el inicio de un proceso de negociación de igual a igual.

Un saludo.

RESULTADO DE LA ULTIMA REUNIÓN CON LA EMPRESA (MSCT Y ERE).

Buenas tardes a todos y todas,

Lamentamos comunicar que, tras informar a la empresa que la postura común de las asambleas de trabajadores era la retirada del artículo 41 para mantener las negociaciones. Ésta de forma unilateral y acogiéndose a la finalización del período mínimo legal de consultas ha dado por cerrado el tema y aplicará sin demora dicho artículo a todos los trabajadores.

Ante esta posición y por mandatario de las asambleas de trabajadores celebradas en Valladolid, Barcelona y Madrid los Comités y la Sección Sindical Estatal se ven obligados a convocar huelga indefinida a partir del próximo martes 8 de enero.

Aquí podéis leer el acta de la reunión mantenida hoy con la empresa.

Os mantendremos informados.