La plantilla de excel de ‘Cálculo de Horas 2017’ ya está lista

Hola a todas y a todos.

Ya tenéis a vuestra disposición la plantilla para el cálculo de horas de 2017. Os recomendamos anotar a diario las horas trabajadas; de este modo podréis comprobar si superáis el máximo de 1772 horas anuales al final del año (Art. 20 del Convenio) y, en caso afirmativo, reclamar a la empresa que os las compense.

Para reclamar que no se trabajen esas horas podéis seguir los pasos indicados en la siguiente entrada de nuestra web.

Nota para los compañeros destinados en cliente: pese a tener que hacer el horario oficial del centro de trabajo del cliente en el que estáis (nunca el que os ha impuesto vuestro mánager de manera unilateral), cada mes deben hacerse como máximo las horas marcadas en el calendario de Alten Madrid (Art. 20.7 del Convenio). Si estando en cliente las superáis algún mes la empresa está obligada a reconocerlas como horas extras. En tal caso debe cotizarlas y pagarlas en tu nómina del mes siguiente, o en su caso compensarlas con descanso.

Para acabar os recordamos una vez más la vital importancia de no hacer horas extra. El Convenio (Art. 29.1.a) dice que se deben suprimir y, aunque la empresa insiste en que nadie las hace, sabemos que las hay. Pero os volvemos a recordar que su existencia implica, entre otros males, aumentar el paro y facilitar despidos. Por tu bien, por el de tus compañeros, e incluso por el de tus seres queridos (esos que no encontrarán trabajo porque está cubierto a base de horas extras fraudulentas e ilegales): nunca hagas horas extra.

Un saludo.

Plan de Igualdad en Alten

Estimadas compañeras y compañeros.

Desde hace mucho tiempo, la Representación Legal de los Trabajadores de ALTEN, lleva intentando sentarse a negociar con la empresa el Plan de Igualdad y cumplir con los artículos 45 y 46  de la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres de 22 de Marzo, pero lamentablemente, hasta el día de hoy, sólo hemos obtenido muchas buenas palabras, pero ningún resultado positivo. 

A continuación os informamos brevemente de los acontecimientos más relevantes a este respecto, ocurridos hasta la fecha:

 

Enero 2012:

Un grupo de trabajadoras y  extrabajadoras de ALTEN acuden al Comité de Empresa de Madrid diciendo que han sido acosadas sexual y laboralmente por el Managing Director de ALTEN y dicho Comité, pone la correspondiente denuncia en la Inspección de Trabajo de Madrid.

Marzo 2012:

El Departamento Jurídico de ALTEN, propone varias fechas para reunirse con el Comité de Madrid y se ofrece a enviar antes un borrador del Plan de Igualdad. El Comité de Madrid solicita la información ofrecida y propone un adelanto de las fechas de reunión para concretar los temas y establecer un calendario de trabajo. La empresa nunca convocó dicha reunión.

Mayo 2012:

ALTEN comunica al inspector actuante el Despido Disciplinario, por ACOSO SEXUAL del Managing Director.

El Departamento Jurídico propone varias fechas para reunirse con el Comité de Madrid. El Comité de Madrid contesta afirmativamente pero la empresa tampoco convocó nunca dicha reunión.

Junio 2012:

Sanción de 626€ porque la empresa ALTEN no ha elaborado un Plan de Igualdad al que está obligada.

Sanción de 6.251€ porque ha existido acoso sexual por parte del Managing Director a las trabajadoras que lo denunciaron.

Octubre 2012:

Finaliza el plazo impuesto por el Inspector de Trabajo para la presentación del Plan de Igualdad y ALTEN no lo presenta y no lo ha negociado.

Mayo 2013:

La Sección Sindical Estatal de CC.OO. de ALTEN solicita a la empresa la constitución de la Mesa Negociadora del Plan de Igualdad y no obtiene ninguna respuesta.

Junio 2013:

La Sección Sindical Estatal de CC.OO. de ALTEN denuncia en la Inspección de Trabajo que ALTEN no tiene Plan de Igualdad y no lo está negociando.

Julio 2013:

La empresa entrega a la Sección Sindical Estatal de CC.OO. de ALTEN en la Inspección de Trabajo un borrador del Plan de Igualdad sin entregar el diagnóstico previo a la elaboración del mismo.

Septiembre 2013:

• A petición de la Inspección de trabajo se celebra la Primera Reunión del Plan de Igualdad y en ella se crea la Comisión de Igualdad. Formada por 3 representantes de la empresa (Dos personas del Departamento Jurídico y una persona del Departamento de Gestión de Personal) y 3 miembros de la Representación Legal de los Trabajadores (una persona del Centro de Trabajo de Valladolid, una persona del Centro de Trabajo de Barcelona y otra persona del Centro de Trabajo de Madrid).

Diciembre 2013:

La Sección Sindical Estatal de CC.OO. de ALTEN se reúne con la empresa en el Servicio Interconfederal de Mediación y arbitraje (SIMA) por la ausencia de reuniones y de documentación para la correcta elaboración del diagnóstico y el Plan de Igualdad, firmando un acuerdo ambas partes.

Enero 2014:

La empresa incumple el acuerdo firmado en el SIMA.

Julio 2014:

La Sección Sindical Estatal de CC.OO. de ALTEN denuncia ante la Audiencia Nacional el incumplimiento por parte de la empresa del acuerdo firmado en el SIMA.

Diciembre 2014:

La Sección Sindical Estatal de CC.OO. de ALTEN se reúne con la empresa en la Audiencia Nacional, firmando nuevamente un acuerdo ambas partes y que por el bien de todas las trabajadoras y trabajadores de ALTEN, esperamos que esta vez la empresa lo cumpla.

Saludos.

25 de noviembre, Día Internacional de la eliminación de la violencia contra las mujeres

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El próximo día 25 de noviembre se conmemora, una año más, el día internacional de eliminación de la violencia contra la mujer. Como viene siendo habitual, desde Comfia-CCOO queremos manifestar nuestro rechazo a esta lacra social.

Se ha preparado una campaña cuyo lema es ¡Rompamos el círculo de la violencia machista! en consonancia con la campaña de UNI que denuncia como el aumento de la desigualdad provoca más violencia.

Os adjuntamos el comunicado de la campaña.

La convocatoria de concentración y manifestación, en la que participará CCOO con motivo del 25 de noviembre en Madrid será en el Paseo del Prado (Estatua de Velázquez) a las 12,00 horas.

¡Mujeres y Hombres de CCOO contra la violencia machista!

Un saludo.

25-11-2012: Día Internacional por la Eliminación de la Violencia Contra las Mujeres

Hola a tod@s.

Con motivo del Día Internacional por la Eliminación de la Violencia Contra las Mujeres que se celebra el próximo 25 de noviembre os enviamos un comunicado redactado por CC.OO. en el que aparece información importante sobre este tema.

 

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Esperamos que sea de vuestro interés.

Por supuesto, ante cualquier sospecha de una situación como las descritas en el documento entra en contacto con nosotros.

Un saludo.

El acoso sexual en la empresa

Hola.

Según un estudio realizado por CC.OO., el 18% de las trabajadoras españolas se enfrenta a situaciones en las que jefes y colegas invaden su espacio físico con insinuaciones sexuales no deseadas o son objeto del chantaje de jefes que condicionan su futuro en el trabajo a la aceptación de una relación sexual. El 54% de personas trabajadoras cree que el ambiente laboral en el que se encuentra es sexualmente hostil: se escuchan chistes groseros, se hacen alusiones incómodas sobre el cuerpo o la vestimenta de las mujeres o circulan correos electrónicos impropios.

Acoso sexual en la empresa

El acoso sexual supone una manera intolerable de comportarse, que atenta contra los derechos fundamentales de la persona. Es una forma de violencia que se da en muchas empresas y que afecta a ambos sexos, aunque es mucho mayor el número de mujeres afectadas. Podemos definir el acoso sexual como una conducta no deseada de naturaleza sexual que afecta a la salud de la persona que la sufre y que perjudica el ambiente de trabajo. Puede presentar distintos grados de gravedad, desde proposiciones o comentarios sexuales, hasta presiones para que se acepten citas bajo amenaza o, incluso, agresiones físicas o violación.

Una creencia popular es  que existen víctimas típicas del acoso sexual y que tal «tipicidad» está relacionada con los cánones tradicionales de belleza. Sin embargo, el problema del acoso tiene más que ver con las relaciones de poder que con las relaciones sexuales. En tal sentido, no puede hablarse de que existan víctimas típicas, sino de que existe una asociación entre la probabilidad de ser víctima de acoso sexual y el grado de dependencia económica y la vulnerabilidad general de la persona.

A menudo no se da crédito cuando se conoce una situación de esta naturaleza, que a veces puede prolongarse, ya que la persona que la sufre no suele explicar lo que ocurre por miedo a represalias, o a falta de credibilidad.

La empresa debe poner los medios necesarios para averiguar y solucionar el problema elaborando y aplicando una política eficaz contra el acoso sexual en el ámbito empresarial.

Nosotros, como Sección Sindical de CC.OO., nos comprometemos a:

  • Asesorar sobre las posibles actuaciones a seguir ante un caso de acoso sexual, interviniendo activamente, tanto a nivel interno como de testigo en un procedimiento judicial si la persona acosada lo solicita.
  • Garantizar que las denuncias sean tratadas con seriedad, eficacia, agilidad y confidencialidad de los trámites.
  • Hacer seguimiento de la denuncia, dando una respuesta eficaz al problema y apoyando a la víctima en todo momento, evitando cualquier tipo de represalia.

Os enviamos un díptico para ampliar la información. Esperamos os sea de utilidad.

Un saludo.

Según un estudio realizado por CCOO, el 18% de las trabajadoras españolas se enfrenta a situaciones en las que jefes y colegas invaden su espacio físico con insinuaciones sexuales no deseadas o son objeto del chantaje de jefes que condicionan su futuro en el trabajo a la aceptación de una relación sexual. El 54% de personas trabajadoras cree que el ambiente laboral en el que se encuentra es sexualmente hostil: se escuchan chistes groseros, se hacen alusiones incómodas sobre el cuerpo o la vestimenta de las mujeres o circulan correos electrónicos impropios.

El acoso sexual supone una manera intolerable de comportarse, que atenta contra los derechos fundamentales de la persona. Es una forma de violencia que se da en muchas empresas y que afecta a ambos sexos, aunque es mucho mayor el número de mujeres afectadas. Podemos definir el acoso sexual como una conducta no deseada de naturaleza sexual que afecta a la salud de la persona que la sufre y que perjudica el ambiente de trabajo. Puede presentar distintos grados de gravedad, desde proposiciones o comentarios sexuales, hasta presiones para que se acepten citas bajo amenaza o, incluso, agresiones físicas o violación.

Una creencia popular esque existen víctimas típicas del acoso sexual y que tal «tipicidad» está relacionada con los cánones tradicionales de belleza. Sin embargo, el problema del acoso tiene más que ver con las relaciones de poder que con las relaciones sexuales. En tal sentido, no puede hablarse de que existan víctimas típicas, sino de que existe una asociación entre la probabilidad de ser víctima de acoso sexual y el grado de dependencia económica y la vulnerabilidad general de la persona.

A menudo no se da crédito cuando se conoce una situación de esta naturaleza, que a veces puede prolongarse, ya que la persona que la sufre no suele explicar lo que ocurre por miedo a represalias, o a falta de credibilidad.

La empresa debe poner los medios necesarios para averiguar y solucionar el problema elaborando y aplicando una política eficaz contra el acoso sexual en el ámbito empresarial.

Nosotros, como Sección Sindical, nos comprometemos a:

Asesorar sobre las posibles actuaciones a seguir ante un caso de acoso sexual, interviniendo activamente, tanto a nivel interno como de testigo en un procedimiento judicial si la persona acosada lo solicita.

Garantizarque las denuncias sean tratadas con seriedad, eficacia, agilidad y confidencialidad de los trámites.

Hacer seguimientode la denuncia, dando una respuesta eficaz al problema y apoyando a la víctima en todo momento, evitando cualquier tipo de represalia.

Según un estudio realizado por CCOO, el 18% de las trabajadoras españolas se enfrenta a situaciones en las que jefes y colegas invaden su espacio físico con insinuaciones sexuales no deseadas o son objeto del chantaje de jefes que condicionan su futuro en el trabajo a la aceptación de una relación sexual. El 54% de personas trabajadoras cree que el ambiente laboral en el que se encuentra es sexualmente hostil: se escuchan chistes groseros, se hacen alusiones incómodas sobre el cuerpo o la vestimenta de las mujeres o circulan correos electrónicos impropios.

 

El acoso sexual supone una manera intolerable de comportarse, que atenta contra los derechos fundamentales de la persona. Es una forma de violencia que se da en muchas empresas y que afecta a ambos sexos, aunque es mucho mayor el número de mujeres afectadas. Podemos definir el acoso sexual como una conducta no deseada de naturaleza sexual que afecta a la salud de la persona que la sufre y que perjudica el ambiente de trabajo. Puede presentar distintos grados de gravedad, desde proposiciones o comentarios sexuales, hasta presiones para que se acepten citas bajo amenaza o, incluso, agresiones físicas o violación.

 

Una creencia popular es que existen víctimas típicas del acoso sexual y que tal «tipicidad» está relacionada con los cánones tradicionales de belleza. Sin embargo, el problema del acoso tiene más que ver con las relaciones de poder que con las relaciones sexuales. En tal sentido, no puede hablarse de que existan víctimas típicas, sino de que existe una asociación entre la probabilidad de ser víctima de acoso sexual y el grado de dependencia económica y la vulnerabilidad general de la persona.

 

A menudo no se da crédito cuando se conoce una situación de esta naturaleza, que a veces puede prolongarse, ya que la persona que la sufre no suele explicar lo que ocurre por miedo a represalias, o a falta de credibilidad.

 

La empresa debe poner los medios necesarios para averiguar y solucionar el problema elaborando y aplicando una política eficaz contra el acoso sexual en el ámbito empresarial.

 

Nosotros, como Sección Sindical, nos comprometemos a:

 

– Asesorar sobre las posibles actuaciones a seguir ante un caso de acoso sexual, interviniendo activamente, tanto a nivel interno como de testigo en un procedimiento judicial si la persona acosada lo solicita.

 

– Garantizar que las denuncias sean tratadas con seriedad, eficacia, agilidad y confidencialidad de los trámites.

 

– Hacer seguimiento de la denuncia, dando una respuesta eficaz al problema y apoyando a la víctima en todo momento, evitando cualquier tipo de represalia.

 

Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer

Hola.

Cada 25 de noviembre se celebra, desde 1999, el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

En todo el mundo las mujeres han sido y son las principales víctimas de diferentes formas de violencia. La violencia contra las mujeres se presenta de muy diferentes maneras: violencia doméstica en la intimidad del hogar (golpes, abuso sexual de las niñas, privación de alimentos, violación por parte del cónyuge), violencia en el lugar de trabajo (acoso sexual), y llega hasta la violencia como arma de guerra en situaciones bélicas, dónde se cometen violaciones y otras formas de explotación sexual contra las mujeres.

Si estás padeciendo una situación de violencia en tu hogar, debes saber que te amparan una serie de derechos laborales que emanan de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral Contra la Violencia de Género:

  • Reducción de la jornada de trabajo.
  • Reordenación del tiempo de trabajo (adaptación de horario u horario flexible).
  • Cambio de centro de trabajo en la misma localidad o traslado a otra distinta.
  • Posibilidad de suspensión voluntaria del contrato de trabajo con derecho a prestación por desempleo.
  • Extinción voluntaria del contrato de trabajo con derecho a prestación de desempleo.
  • Reconocimiento de causa justificada las ausencias o faltas de puntualidad motivadas por situaciones físicas o psicológicas, acreditadas por los servicios sociales o de salud.
  • Protección frente al desempleo.

El acoso sexual en el trabajo es una forma más de violencia contra las mujeres, que históricamente se ha silenciado. Puede abarcar una amplia gama de conductas, que van desde las bromas o comentarios degradantes hacia las mujeres hasta el ataque sexual. Las mujeres en situación más vulnerable (sometidas a mayor precarización en el empleo, madres solteras, mujeres divorciadas, viudas, etc…) son más proclives a ser acosadas sexualmente, pero el acoso sexual en el trabajo se produce también en sectores laborales no precarizados como banca, sanidad, enseñanza, etc. y afecta también a mujeres con una alta preparación académica e, incluso, a mujeres que ocupan puestos de responsabilidad.

En el ámbito laboral, la tasa de absentismo entre las víctimas de acoso sexual es muy elevada, siendo imprescindible que las empresas se comprometan a garantizar un ambiente de trabajo libre de violencia. El acoso sexual en el trabajo está penalizado por Ley, y no debemos ser testigos mudos del padecimiento de las compañeras que lo sufren.

Desde esta sección sindical queremos declarar nuestro más firme rechazo a cualquier tipo de violencia o discriminación hacia las mujeres, en especial en el ámbito laboral, y seguiremos implicándonos y actuando para lograr erradicar este tipo de situaciones.

Podéis ver la circular elaborada por la Secretaría de la Mujer de Comfia pinchando aquí.

Un saludo.