La indemnización del ERE está exenta de tributar IRPF (y hoja excel de cálculo)

Hola a tod@s.

Ante las numerosas consultas que a raíz del ERE nos han llegado debemos aclarar el siguiente concepto: la indemnización que van a cobrar los afectados por el ERE está exenta de tributación de IRPF.

Tenéis la información detallada en la web de la Agencia Tributaria (lo podéis consultar al final de la página).

Además deciros que las personas que actualmente disfruten de reducción de jornada por guarda legal su indemnización se calcula sobre el 100% de su sueldo (sin la reducción).

Adjuntamos una hoja excel para el cálculo aproximado del finiquito e indemnización: Calculo cantidades ERE.

Os recordamos que para aclararos las posible dudas que supone este trámite podéis pedir la presencia de un miembro de la R.L.T. (respetando el horario laboral).

Un saludo.

Nota: en la hoja excel sólo hay que editar con tus datos personales los campos en negrita del cuadro verde clarito (arriba). Si sales en un día distinto de 31/1/2013 también debes cambiar ese valor.