Exceso de horas anuales 2020.

Se acerca el final de año y queremos recordaros una vez más estas dos cuestiones a tener en cuenta:

Festivos de empresa:

Os recordamos que los días 24 y 31 de diciembre son festivos según el calendario que ha publicado la empresa, para todos los trabajadores contratados en el centro de trabajo de Madrid, aunque estéis desplazados en cliente.

Si os piden trabajar esos días (las horas extras son voluntarias) tenéis derecho a que os lo compensen con un incremento mínimo de un 75% más en el caso de que sea con tiempo de descanso.

Exceso de horas:

Como ya sucedió en otros años, llegados a fin de año puede que preveas que vas a trabajar horas de más. De nuevo os recordamos los máximos de horas anuales, máximos que no se deben superar:

·1772 horas/año, para los trabajadores contratados después de 2009.

·1765 horas/año, para los trabajadores contratados antes de 2009.

 El cálculo de horas lo podéis realizar con la hoja excel para 2020 que tenemos colgada a vuestra disposición en la web, en la sección de Documentación.

Para solicitar la compensación del exceso de horas podéis usar la herramienta Agresso.