Vacaciones y días libre para los servicios transversales.

Ya estamos en verano, con ello el tiempo preferido para tomarse unas merecidas vacaciones. Como en pasados años, vamos a recordaros algunos detalles a tener en cuenta:

  • Las vacaciones se fijan de común acuerdo entre empleado y empresa. Eso quiere decir que, una vez que el trabajador ha informado de los días que quiere tomarse, la empresa no se los puede negar a menos que de una justificación muy concreta y razonada para ello. El ‘no porque no’ no sirve como razón de negativa a unas vacaciones.
  • La empresa nunca puede imponer unas fechas concretas de vacaciones, algo que entra dentro del concepto de ‘se fijan de común acuerdo’. Eso de que la empresa te puede obligar a tomarte 15 días de vacaciones en verano es un falso mito. Si alguien os dice que eso es así retadle a que os enseñe dónde, en qué ley, lo pone.
  • Hemos de recordar a los compañeros de Servicios Transversales, que cuentan con un día adicional de permiso retribuido por semestre (consultad el calendario impuesto por la empresa). Recordad que si no disfrutáis de ese permiso semestral, caduca y lo perdéis. Estos dos permisos se aplican también a todos los compañeros a los que, sin pertenecer de manera exacta a  Servicios Transversales, su mánager les ha dicho que deben seguir el horario de  Servicios Transversales.  Pero debemos recordar que si no perteneces a  Servicios Transversales no deberías hacer esas ocho horas, sino las marcadas en el calendario de empresa para el resto de empleados.
  • Debido a los problemas recurrentes que hay de contabilización de jornada, os repetimos que la ley indica que las vacaciones deben disfrutarse dentro del año en vigor. Os recomendamos no dejar ningún día para el año siguiente.

Tenéis la información completa en el Estatuto de los Trabajadores.

También debéis recordar la manera de gestionar las vacaciones en Alten.

Ante cualquier duda entrad en contacto con nosotros.