Calendario laboral Alten Madrid 2019

Estimados compañeros y compañeras.


Hemos recibido muchas preguntas por vuestra parte por el calendario laboral para el año 2019, el cual todavía no ha sido publicado por parte de la empresa.


Queremos informaros de que la empresa nos envió su propuesta (el día 28 de diciembre, último día laborable del año) con modificaciones bastante importantes respecto a los calendarios de años anteriores. Nuestra respuesta fue negativa a dicho calendario en una reunión posterior. Por su parte la empresa ha rechazado todas nuestras propuestas.

En vista de que pasaban las semanas y el calendario no se publicaba, se interpuso una mediación en el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, con el resultado de no llegar a ningún tipo de acuerdo en la mediación celebrada.
Por lo que, con su actitud habitual, la empresa nos obliga a acudir nuevamente a otras instancias para evitar que recorten, todavía más, nuestros ya deteriorados derechos laborales. Os mantendremos informados del resultado de esta demanda.


Por último, la empresa afirma que ha enviado el calendario laboral de este año por correo electrónico a algunas personas. No sabemos si es el mismo que se nos envió u otro distinto. Si alguno habéis recibido un calendario por parte de la empresa, poneos en contacto con nosotros porque puede que os estén intentando aplicar un calendario distinto o incluso ilegal.

Nuestras propuestas para el calendario 2019

  • Hora de entrada: de 7:30 a 10:00.
  • Reducir para todos los trabajadores el máximo de horas anuales a 1765 horas.
  • Compensar los excesos de horas mensuales por diferencia entre los horarios de clientes y el propio de Alten de la misma forma que si fueran horas extras, es decir, con un incremento de 75% por hora de más.
  • El tiempo de comida será entre 30 y 120 minutos para facilitar la ocupación de la sala del comedor.
  • Igualar el horario y jornada continua de los trabajadores de Servicios Transversales con los del resto del personal. A saber: que los trabajadores de Servicios Transversales tengan jornada continua de 7 horas todos los días entre el 15 de junio y el 15 de septiembre (ambos inclusive) y jornada de invierno (8’75 horas de lunes a jueves, 6 horas los viernes) el resto del año. Posibilidad de elección sobre la realización de la jornada intensiva, excepto la obligatoria de agosto.
  • Los cambios de festivos serán compensados con un descanso de un 75% a disfrutar durante el resto del año vigente.
  • El límite anual máximo de horas establecido por nuestro convenio se reducirá para los trabajadores en situación de reducción de jornada, en la misma proporción que su reducción.
  • Días libres retribuidos: 1 por cada 5 días de vacaciones disfrutadas en jornada continua.