Clausulas abusivas en los bonus anuales

Hola a todos.

Sabemos que muchos trabajadores de Alten recibís bonus anuales. Algunos lleváis cobrándolos años y otros los habéis empezado a recibir cuando habéis solicitado una mejora de vuestro salario. Dejando de lado la ya de por sí discriminación que supone el hecho de que, haciendo el mismo trabajo, unos trabajadores lo reciban y otros no (y en distintas cantidades) según las preferencias del manager, nos gustaría comentaros algunos puntos de las cartas de bonus que nos habéis hecho llegar:

  • Este bonus evidentemente no es una subida de sueldo. Ya se cuida el departamento jurídico de guardarse muy bien las espaldas para poder quitar el bonus al trabajador con la más mínima excusa. De ahí que necesite rellenar 4 hojas para evitar cualquier posible resquicio que pudiera existir de reclamar judicialmente que ese dinero es tuyo.
  • Este bonus es discriminatorio y abusivo. Según el redactado, durante el periodo en que la relación laboral se vea suspendida no se generará el derecho al salario variable del bonus, exceptuando vacaciones, festivos, fines de semana y el periodo de 6 semanas obligatorias tras el parto.

Al departamento jurídico se le debe haber olvidado que son 16 las semanas que le corresponden a la madre, no 6. Y por otra parte, se deben haber olvidado también del padre. ¿Tiene que renunciar un padre a su permiso de paternidad para poder cobrar su bonus?

Y por supuesto, si estás enfermo o un familiar tuyo lo está o ha fallecido, olvídate también del bonus. No entendemos cómo no le conceden más premios a esta empresa con las condiciones maravillosas y excepcionales que ofrece a sus empleados…

  • Se trata de un acuerdo individual y personal. El que lo firme debería saber lo que está firmando y a qué atenerse. Si posteriormente no está de acuerdo con la aplicación de alguna de las cláusulas deberá ser él el que demande, lo que no implica que le asesoremos en todo lo que podamos.

Queremos dar las gracias a los trabajadores que nos han informado y proporcionado cartas de bonus, ya que entre todas las muchas situaciones de las que no nos informa la empresa a la RLT está la cantidad y cuantía de estos bonus, además de las condiciones para su concesión unos empleados y a otros no.

Os adjuntamos una copia de una carta de bonus para que juzguéis vosotros mismos: Carta Pago Anonimizada.

Un saludo.