El falso mito de los 15 días de vacaciones impuestos por la empresa

Hola a todas y a todos.

Una vez más nos dirigimos a vosotros para explicar el funcionamiento de las solicitudes de vacaciones y desmentir de nuevo la leyenda urbana de que la empresa pueda fijar unilateralmente el disfrute de la mitad de las mismas.

Dado que se acerca ese periodo nos parece oportuno aclarar este tema.

Los días de vacaciones, todos, se realizarán siempre por acuerdo mutuo entre la empresa y el trabajador (Artículo 38.2 del ET. En este aspecto nuestro convenio, en su Art. 21, no mejora el mecanismo de acuerdo/solicitud de vacaciones). No existe ningún lugar donde se indique eso de los 15 días de vacaciones marcados por la empresa. Todo se limita a un boca a boca difundido durante años.

En el caso de Alten la empresa ha establecido el mecanismo de solicitud mediante Agresso que rellena el trabajador y es aprobado por el responsable correspondiente: en eso consiste el acuerdo. La empresa no puede decidir cuándo cogéis vacaciones ni, mucho menos, negarlas sin una causa de fuerza mayor que habitualmente no existe. Si estás destinado en cliente que sepas que Alten nunca puede argumentar como fuerza mayor la necesidad de cubrir esa plaza: Alten no es una ETT (lo que implica que en teoría no cede personas no cayendo en cesión ilegal) sino que brinda servicios sin nombres de persona concretos al mismo. Tu puesto debería quedar cubierto con otro compañero, y así seguir brindando el servicio.

Cuando la solicitud no sea aprobada el trabajador podrá realizar la correspondiente reclamación, para la que podéis solicitarnos asesoramiento. En ese caso será un procedimiento judicial el que determine si las vacaciones se disfrutan en el periodo solicitado. Aunque dicho proceso no lleva demasiado tiempo recomendamos solicitar las vacaciones con la antelación necesaria, sobre todo cuando impliquen viajes o terceras personas.

Recordamos también al personal de ‘Staff’ que les corresponde un día adicional de vacaciones por semestre, y animamos a solicitarlo a todo aquel que no lo haya hecho hasta ahora.

Por último , señalar que según las cuentas de la empresa cada trabajador va a coger 180,4 horas de vacaciones. Ese cálculo está hecho sobre semanas de 41 horas, de tal manera que cada día equivale a 8,2 horas. Así, multiplicando por 22 días de vacaciones da esas 180,4 horas. Para que esa cifra se ajustara a realidad el trabajador debería solicitar todas las vacaciones fuera de la jornada de verano (y además nunca ser de ‘staff’). Como comprenderéis tal escenario dista mucho de ser real. Como contraejemplo diremos que si un trabajador solicitara todas las vacaciones en jornada de verano habría utilizado únicamente 154 horas por lo que tendría derecho a solicitar la compensación de horas (26,4) que el mismo calendario recoge.

Como siempre, os recomendamos la siempre útil lectura del convenio.

Un saludo.