Para recibir el nuevo año otros 24 despidos

Buenos días compañer@s.

Seguimos con la misma tendencia que últimamente se ha impuesto en Alten: cada tres meses se despiden al máximo de compañeros que permite la ley sin pasar por una negociación con los trabajadores. Es decir, cada tres meses se realizan cerca de 29 despidos, ya que si llegasen a 30 sería un ERE y tendrían que pasar por una negociación de 30 días con los representantes de los trabajadores.

Después de felicitarnos las fiestas el día 20 de Diciembre, los días 27, 28 y 30 de ese mes, nos llegaron las notificaciones de los despidos de nuestros compañeros: la empresa procedió a despedir a 24 compañeros con fecha 31 de Diciembre. Con cada una de estas tandas de despidos (os recordamos que pasó lo mismo en Mayo y Septiembre del año pasado) la empresa se esta gastando una cantidad muy elevada en indemnizaciones.

Por otro lado queremos informaros de que Alten según va despidiendo sigue contratando, con lo que en realidad la empresa sigue con una media de unos 1200 trabajadores a nivel nacional. Con esto queremos que quede claro que esta empresa no tiene como práctica habitual la recolocación de sus trabajadores, sino que prefieren despedir y contratar a nuevos trabajadores, antes que reubicar a los que ya tiene en nómina.

Un porcentaje muy elevado de las nuevas contrataciones se están realizando por obra y servicio, por lo que consideramos que Alten está derivando hacia una ETT pura y dura; esto siembra inseguridad  e inestabilidad en los trabajadores. Con esta forma de actuar, ¿dónde queda la tan nombrada carrera laboral en esta empresa?

Un saludo.

Ampliación del periodo de reduccion de jornada hasta 12 años del menor

Buenos días compañeros/as.

Informaros que el Real Decreto 16/2013 de fecha 21 de diciembre modifica el actual artículo 37.5 del ET:

«Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla.»

Queda ampliada pues la edad del menor a 12 años para ejercer la reducción de jornada. Este derecho se puede ejercer desde el día 22 de diciembre.

Si tenéis dudas o queréis ampliar información sobre la reducción de jornada, os recomendamos leer este artículo (actualizado recientemente) que lo explica de forma muy detallada:

http://laboro-spain.blogspot.com.es/2009/09/reduccion-voluntaria-de-jornada-por.html

Un saludo.