M.S.C.T. frente a una nómina sólo con conceptos base de convenio

Hola a tod@s.

Ante la reciente M.S.C.T. y su aplicación surge un caso especial que puede llevar a dudas. Os ponemos en antecedentes:

El pasado día 18/01/2013 os informamos del resultado del acuerdo ante el SIMA. En dicho comunicado adjuntamos el documento firmado con las condiciones, en el que se indica lo siguiente:

2-. Este sistema de retribución variable no afectará a los conceptos de salario base, antigüedad, plus convenio, establecidos en el convenio de aplicación.

Como podéis ver, se hace referencia a tres conceptos concretos que aparecen recogidos y descritos en el convenio. Todos tenemos los de salario base y plus convenio. El tercero, antigüedad, sólo disponen de ellos los que cumplan con los requisitos necesarios (indicados en el Convenio, Art. 25).

Bien, con todo esto ya explicado, ¿qué quiere decir el punto 2 del acuerdo? En pocas palabras lo siguiente: que si en tu nómina sólo aparecen esos conceptos (salario base, plus convenio y, si la tienes, antigüedad) no se te debe aplicar ninguna reducción.

Repetimos: en esas condiciones no debes sufrir ninguna rebaja, variabilización, descenso de remuneración o baja de sueldo. Ninguna.

Un saludo.