Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer

Hola.

Cada 25 de noviembre se celebra, desde 1999, el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.

En todo el mundo las mujeres han sido y son las principales víctimas de diferentes formas de violencia. La violencia contra las mujeres se presenta de muy diferentes maneras: violencia doméstica en la intimidad del hogar (golpes, abuso sexual de las niñas, privación de alimentos, violación por parte del cónyuge), violencia en el lugar de trabajo (acoso sexual), y llega hasta la violencia como arma de guerra en situaciones bélicas, dónde se cometen violaciones y otras formas de explotación sexual contra las mujeres.

Si estás padeciendo una situación de violencia en tu hogar, debes saber que te amparan una serie de derechos laborales que emanan de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral Contra la Violencia de Género:

  • Reducción de la jornada de trabajo.
  • Reordenación del tiempo de trabajo (adaptación de horario u horario flexible).
  • Cambio de centro de trabajo en la misma localidad o traslado a otra distinta.
  • Posibilidad de suspensión voluntaria del contrato de trabajo con derecho a prestación por desempleo.
  • Extinción voluntaria del contrato de trabajo con derecho a prestación de desempleo.
  • Reconocimiento de causa justificada las ausencias o faltas de puntualidad motivadas por situaciones físicas o psicológicas, acreditadas por los servicios sociales o de salud.
  • Protección frente al desempleo.

El acoso sexual en el trabajo es una forma más de violencia contra las mujeres, que históricamente se ha silenciado. Puede abarcar una amplia gama de conductas, que van desde las bromas o comentarios degradantes hacia las mujeres hasta el ataque sexual. Las mujeres en situación más vulnerable (sometidas a mayor precarización en el empleo, madres solteras, mujeres divorciadas, viudas, etc…) son más proclives a ser acosadas sexualmente, pero el acoso sexual en el trabajo se produce también en sectores laborales no precarizados como banca, sanidad, enseñanza, etc. y afecta también a mujeres con una alta preparación académica e, incluso, a mujeres que ocupan puestos de responsabilidad.

En el ámbito laboral, la tasa de absentismo entre las víctimas de acoso sexual es muy elevada, siendo imprescindible que las empresas se comprometan a garantizar un ambiente de trabajo libre de violencia. El acoso sexual en el trabajo está penalizado por Ley, y no debemos ser testigos mudos del padecimiento de las compañeras que lo sufren.

Desde esta sección sindical queremos declarar nuestro más firme rechazo a cualquier tipo de violencia o discriminación hacia las mujeres, en especial en el ámbito laboral, y seguiremos implicándonos y actuando para lograr erradicar este tipo de situaciones.

Podéis ver la circular elaborada por la Secretaría de la Mujer de Comfia pinchando aquí.

Un saludo.

Denuncia a I.T. por nóminas de la huelga

Hola.

A raíz de los errores encontrados en los conceptos y cantidades en las nóminas de octubre de la gente que ha secundado la huelga, nos pusimos en contacto con la empresa para que diera una explicación a los mismos.  La única respuesta ha sido el silencio. Consideramos que tal actitud demuestra la nula cooperación y la falta de respeto hacia los trabajadores que, al fin y al cabo, permiten con su esfuerzo que la empresa siga adelante. Por ello, en vista de que no se nos va a dar razón alguna, hemos acudido a inspección de trabajo para cursar la correspondiente denuncia.

Os informaremos oportunamente de cómo evoluciona este tema.

Un saludo.

Permiso los días 24 y 31 de diciembre de 2010

Hola.

Queríamos recordaros que los días 24 y 31 de Diciembre son días libres concedidos por la empresa según el calendario laboral firmado para el 2010 (podéis descargaros el calendario desde la página de documentación).

Estos dos días son concedidos por la empresa a todos sus empleados, sin excepción.

Si vuestro manager os sugiere que esto no es aplicable porque en vuestro cliente estos dos días son laborables, podéis enviarle por correo electrónico (con copia a nosotros, si queréis) el calendario y el anexo al mismo donde indica claramente lo que os comentamos. Si os dice que según el convenio hay que hacer el horario del cliente, le podéis indicar que una cosa es el horario del cliente (al estar desplazados a clientes estáis obligados a cumplir el firmado para ese centro de trabajo, su distribución horaria diaria) y otra cosa es el calendario laboral de Alten, que incluye los días de permiso que concede la empresa, y que se aplica a todo el personal de la misma. No tiene nada que ver una cosa con la otra.

Saludos.

Situación del convenio colectivo

Hola.

Os adjuntamos un informe de la Asociación Estatal TIC de CC.OO. acerca de la situación de las negociaciones del nuevo convenio colectivo de TIC (11/2010). Como podéis ver en el texto, siguen bloqueadas debido a la postura de la patronal.

De igual manera el texto recalca la importancia de cumplir el horario de cliente, y cómo en ese sentido se han producido ya varias inspecciones de trabajo.

Un saludo.