Informe entregado a la empresa: Plan de Compensación Flexible

Hola a tod@s.

La empresa, tras nuestra insistencia, nos solicitó conforme a lo que marca la ley (art. 64 del Estatuto de los Trabajadores) un informe sobre el plan de compensación flexible. Según la ley el deben pedirnos un informe ANTES de tomar medidas como ésta.

Para poder realizar este informe con mayor base de conocimiento pedimos por escrito que nos entregara más documentación (una que se supone que, dada la situación tan avanzada en la que está el plan ya debería tener en su posesión), pero tal entrega no se ha realizado.

Usando la escasa e incompleta información que nos hizo llegar el resultado final del informe es negativo. Como conclusión del informe solicitamos a la empresa que retire dicho Plan de Compensación Flexible, instamos a que se plantee aplicar sus contenidos como beneficios sociales (gestionados en su totalidad por la empresa, sin acudir a servicios de terceros) y, en caso de continuar con implantación del plan, que lo haga después de una serie de consultas y reuniones con nosotros.

A modo de resumen os indicamos algunos de esos detalles del estudio que creemos son de vuestro interés:

  • Creemos que podría haberse producido una cesión de datos personales a un tercero, incumpliendo la normativa al respecto.
  • Hay muy poca claridad en cuanto a los productos que son objeto de contratación.
  • De igual forma hay poca claridad acerca de la manera en que esos nuevos conceptos afectan a lo retribuido y cotizado.
  • No quedan claros los términos de contratación de esos productos.
  • La instauración de este plan, siempre examinando los documentos que tenemos, podría suponer para Alten un coste elevado (unos 30.000 euros, según esos documentos) en honorarios a la empresa subcontratada y gestora del plan, algo que en la situación actual de E.R.T.E. vemos injustificado.
  • La imposición de un coste de 40 euros más I.V.A. a quien se sume al plan no figura en ningún punto de la documentación que se nos ha entregado para estudio.

Por todo ello le pedimos a la empresa:

  1. que retire el plan,
  2. que instaure esas medidas como beneficios sociales sin coste adicional a los trabajadores
  3. y que dicha gestión la realice la propia empresa, lo que supondría un ahorro evitando una nueva subcontrata.

Un saludo.

PD: Previamente ya hablamos de ello en dos diferentes ocasiones, la Parte I y la Parte II.

14N: Huelga General. Hay razones.

Plan de Compensación Flexible, Capitulo II

Hola a tod@s.

Después de hablar con nuestros abogados nos gustaría responder al comunicado de la empresa del día 8/10/2012 con otro comunicado. Lamentamos profundamente que tengamos que tratar este tema de esta forma, y no delante de una mesa, como ya les hemos pedido. La empresa se comprometió con nosotros a darnos toda la información que nos aclarase este plan, pero hasta ahora no nos ha entregado nada.

En el comunicado anterior la empresa argumenta que no se verán afectados ni los permisos de paternidad o maternidad, ni las prestaciones por bajas médicas, ni jubilaciones ni finiquitos, y da como argumento un párrafo del documento que se tiene que firmar para aceptar el plan. Pues bien, aquí tenéis el documento completo, con todas sus clausulas, para que cualquiera interesado pueda juzgar por sí mismo si firmarlo o no.

De todos los puntos del anexo, nos gustaría destacar el punto sexto:

“La sustitución de retribuciones dinerarias por determinadas percepciones o especie incluidas en el menú de productos se repercutirá en el cómputo para la determinación de la base de cotización a la Seguridad Social

El punto lo deja bien claro: te pueden modificar la base de cotización de la seguridad social. Lo que no está tan claro es cómo y en qué circunstancias. Lo harán para “determinadas percepciones o especie incluidas en el menú de productos”, pero no dice para cuales.

Un ejemplo: los tickets guardería no tributan ni cotizan. La base de cotización se reduciría en este caso.

(Una advertencia para los interesados en contratar el alquiler de su vivienda a través de la empresa: “mazazo fiscal a los trabajadores que pasan el alquiler de la vivienda por la empresa“)

A pesar de lo que dice la empresa, este Plan de Retribución Flexible no es un sistema claro ni transparente, oculta desventajas para el empleado, tal y como habíamos avisado.

Un saludo.

Lo que oculta el Plan de Compensación Flexible

Hola a tod@s.

El pasado día 19 de septiembre la empresa envió a toda la plantilla un correo electrónico con el siguiente asunto: ‘Alten crea para sus empleados un Plan de Compensación Flexible’. Dentro del mismo se decía que la empresa había preparado una nueva forma de retribución voluntaria.

En primer lugar hemos de aclarar que, como medida que afecta a la forma de retribución de los trabajadores, la dirección está obligada antes de tomar una medida similar a consultar con la representación de los trabajadores (en nuestro caso el Comité de Empresa y la Sección Sindical CC.OO.). En esos casos la representación de los trabajadores tiene potestad, una vez estudiada la información que la empresa le entrega de esa nueva medida, para realizar un informe positivo o negativo.

Eso sucede en las empresas que tienen en cuenta a los trabajadores y a sus representantes.

Pues bien, ni el Comité de Empresa y la Sección Sindical CC.OO. hemos sido informados de esta medida, recibiendo el correo como un trabajador más. Como hechos consumados. No se nos ha informado de la naturaleza de la medida ni en la generalidad ni en los detalles. Insistimos: nos hemos enterado de la misma manera que vosotros, mediante el correo.

Ante este nuevo despropósito de la empresa, y aprovechando una reunión de seguimiento de ERTE que teníamos este pasado lunes, sacamos el tema a la mesa. En la reunión le dejamos claro que dado que se trata de una medida que modifica la forma de retribución de los trabajadores la empresa debe iniciar un periodo de consultas con la representación legal de los mismos. La empresa nos dijo que tras la reunión procedería a enviarnos toda la documentación necesaria para asegurarnos de la bondad de estos planes para que pudiéramos redactar un informe.

A día de hoy aún no tenemos nada.

Por ello mantenemos nuestras serias dudas acerca de la idoneidad de este plan, creyendo que puede suponer un serio daño para el trabajador en cuanto a cálculo de bajas, finiquitos, jubilación, permisos de maternidad/paternidad y bajas médicas.

Si la empresa hace algo beneficios para los trabajadores, ¿Por qué no cumple con la legalidad vigente? ¿Por qué oculta la información a la RLT?

Recomendamos encarecidamente no os acojáis a este plan mientras no se haya estudiado convenientemente.

Un saludo.