Ampliación del permiso de paternidad a 4 semanas

Hola a todos.

Os trascribimos el comunicado que se ha emitido desde la Secretaría de la Mujer e Igualdad.

Un saludo.

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Buenos días.

Para felicitaros esta entrada de año os recuerdo que desde el 1 de enero ya es efectiva la ampliación de la suspensión del contrato por paternidad y su correspondiente prestación (el llamado permiso de paternidad), que pasa a ser de 4 semanas.

Ya sabéis que la Ley de Igualdad creó este «permiso», que comenzó con una duración de 13 días y con previsión de ampliación a cuatro semanas en 2011, pero a causa de la crisis económica dicha ampliación se ha ido postergando hasta este año.

Sobra decir que esto supone un gran avance, ya no solo en la conciliación de la vida laboral y familiar, sino también en materia de corresponsabilidad. Otro pasito más, pequeñito pero firme, hacia la igualdad efectiva.

Saludos, y feliz 2017.

Laura Domínguez Garrido

Secretaría de la Mujer e Igualdad

El permiso de matrimonio

Hola a todos.

Habéis sido varios los trabajadores que nos habéis hecho llegar la misma duda: ¿a partir de qué día se empieza a contar el permiso de 15 días por matrimonio?

Sabemos de casos en los que Alten los ha concedido empezando a contar desde el primer día laborable posterior a la boda (habitualmente un lunes), y casos en los que los ha concedido desde el mismo día de la boda (que normalmente suele ser un sábado o un domingo). Vamos, que no sigue un criterio homogéneo.

Sobre este tema ya hay jurisprudencia: la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 12 de Mayo de 2009 (la tenéis en el siguiente enlace: STS – Permiso Retribuido Computo Permiso Por Matrimonio). En ella el Tribunal Supremo lo indica con claridad: el periodo para disfrutar de este permiso comienza desde el primer día laborable para el trabajador. Por ejemplo, si te casas el sábado y trabajas de lunes a viernes (tu jornada laboral comprende sólo esos días), deberás comenzar a contar desde el siguiente lunes que es tu primer día laborable.

Si veis que Alten no cumple con vosotros la sentencia del Tribunal Supremo, por favor, escribidnos para hacédnoslo saber.

Un saludo.

Permiso de un mes por año

Hola a todas y a todos.

El artículo 23 de nuestro convenio (en la web lo tienes a tu disposición) describe un permiso que, en estos tiempos en los que conciliar la vida laboral y la familiar cuesta tanto, puede resultar socorrido y útil: la posibilidad de disfrutar cada año de un mes de permiso no retribuido.

Si tienes una antigüedad mínima de un año el convenio te ofrece el derecho a disfrutar de un mes de permiso no retribuido al año (Art. 23.1). Dado que no lo especifica, se considera un mes natural, no treinta o treinta y un días.

En caso de que te venga así mejor, ese permiso puede disfrutarse de forma fraccionada con dos permisos naturales de 15 días, uno en cada semestre del año (Art. 23.2).

Al tratarse de un derecho en principio la empresa no te lo puede negar. Sólo puede hacerlo (al menos en el caso de Alten) si el 3% de los compañeros de la empresa (sin importar el departamento) están disfrutando un permiso idéntico al tuyo y en las mismas fechas (Art. 23.3). Llevándolo a la realidad de nuestra empresa, en Madrid y sobre una plantilla aproximada de 1000 personas, implica que para que te denieguen el permiso en ese periodo ya debería haber otros 30 compañeros disfrutando de uno similar.

En relación a la posibilidad de que te lo nieguen hay que tener en cuenta otro detalle: el convenio habla de que las empresas “podrán denegar la concesión de estos permisos cuando en las mismas fechas se encuentren disfrutándolos”. La limitación hace referencia a acumulación de este mismo tipo de permisos en unas mismas fechas y en un mismo departamento. Si hay otros tipos de permisos no cuentan para la limitación. Esto afecta, por ejemplo, a que en esas fechas tus compañeros estén de vacaciones o con otros permisos retribuidos (ver Art. 22 del convenio). Ese tipo de ausencias no contabilizan para el 3% citado.

Si solicitas este permiso y te lo niegan, por favor, ponte en contacto con nosotros.

Recuerda: la lectura y conocimiento del convenio que nos rige te evitará problemas y abusos por parte de la empresa. Un trabajador informado se defiende mejor que uno no informado.

Un saludo.