Alten, ¿ETT encubierta?

Hola a todos.

Una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) es un tipo especial de empresa caracterizada por su actividad: la contratación y cesión de trabajadores. Es decir, se dedican a la intermediación y su mercancía son las personas.

Las ETT fueron implantadas por el PSOE en 1994, con la oposición frontal de trabajadores y sindicatos. Fue una vuelta de tuerca más en la precarización del trabajo. Quizá por mantener algo las formas fueron sometidas a una regulación específica y restrictiva para garantizar, al menos, que los trabajadores cedidos por la ETT cobren lo mismo (y se les aplique el mismo convenio) que los de la empresa destinataria. Sólo las ETT, en virtud de esa misma regulación, pueden ceder a sus trabajadores. Las empresas usuarias tienen también una serie de obligaciones (evaluación previa de riesgos laborales, responsabilidad subsidiaria en los pagos de salarios y de la Seguridad Social, etc.).

Tras examinar este marco legal sorprende que en el sector de nuestra empresa, Alten, las normas sean mucho más laxas. ¿Sorprende? En realidad no tanto. La permisividad de la ley,  gobiernos, administraciones y demás organismos (incluyendo la Inspección de Trabajo, casi siempre inoperante); el agotamiento de todas las vías administrativas y judiciales (para qué están si no los departamentos jurídicos); el acoso a los representantes de los trabajadores; la persecución del derecho a la huelga…; todo esto ha llevado a la situación actual, en la que la cesión ilegal, prohibida por nuestro ordenamiento, es la norma, es el negocio.

Como ya hemos argumentado en este blog, las empresas como la nuestra actúan de meras intermediarias entre el empleador final y el trabajador o trabajadora. Es decir, comercian con la persona y extraen su beneficio al bajar su salario lo máximo posible. Su negocio se nutre de la precariedad, del miedo y la falta de empleo, de la crisis. Todo ello sin las cortapisas que supondría las normas a las que sí debe someterse una ETT. ¿Quién no conoce casos de compañeras y compañeros que se llevan lo peor tanto de la empresa cliente como de la propia? ¿Veremos a las verdaderas ETT denunciar la intromisión y la competencia desleal del sector de la consultoría?

A la pregunta del inicio (¿Alten es una ETT encubierta?) debemos responder que sí: es una ETT con todas las ventajas pero ninguno de los inconvenientes para la empresa y con todos los inconvenientes y ninguna ventaja para las y los trabajadores; una ETT encubierta en la que vivimos un día a día de indefensión y agravios comparativos, una empresa en la que, si lo permitimos, jamás tendremos el salario y las condiciones del cliente al que estemos destinados.

Un saludo.

Clausulas abusivas en los bonus anuales

Hola a todos.

Sabemos que muchos trabajadores de Alten recibís bonus anuales. Algunos lleváis cobrándolos años y otros los habéis empezado a recibir cuando habéis solicitado una mejora de vuestro salario. Dejando de lado la ya de por sí discriminación que supone el hecho de que, haciendo el mismo trabajo, unos trabajadores lo reciban y otros no (y en distintas cantidades) según las preferencias del manager, nos gustaría comentaros algunos puntos de las cartas de bonus que nos habéis hecho llegar:

  • Este bonus evidentemente no es una subida de sueldo. Ya se cuida el departamento jurídico de guardarse muy bien las espaldas para poder quitar el bonus al trabajador con la más mínima excusa. De ahí que necesite rellenar 4 hojas para evitar cualquier posible resquicio que pudiera existir de reclamar judicialmente que ese dinero es tuyo.
  • Este bonus es discriminatorio y abusivo. Según el redactado, durante el periodo en que la relación laboral se vea suspendida no se generará el derecho al salario variable del bonus, exceptuando vacaciones, festivos, fines de semana y el periodo de 6 semanas obligatorias tras el parto.

Al departamento jurídico se le debe haber olvidado que son 16 las semanas que le corresponden a la madre, no 6. Y por otra parte, se deben haber olvidado también del padre. ¿Tiene que renunciar un padre a su permiso de paternidad para poder cobrar su bonus?

Y por supuesto, si estás enfermo o un familiar tuyo lo está o ha fallecido, olvídate también del bonus. No entendemos cómo no le conceden más premios a esta empresa con las condiciones maravillosas y excepcionales que ofrece a sus empleados…

  • Se trata de un acuerdo individual y personal. El que lo firme debería saber lo que está firmando y a qué atenerse. Si posteriormente no está de acuerdo con la aplicación de alguna de las cláusulas deberá ser él el que demande, lo que no implica que le asesoremos en todo lo que podamos.

Queremos dar las gracias a los trabajadores que nos han informado y proporcionado cartas de bonus, ya que entre todas las muchas situaciones de las que no nos informa la empresa a la RLT está la cantidad y cuantía de estos bonus, además de las condiciones para su concesión unos empleados y a otros no.

Os adjuntamos una copia de una carta de bonus para que juzguéis vosotros mismos: Carta Pago Anonimizada.

Un saludo.

Página sindical del CSS

Hola.

Llevamos más de un año intentando acordar con la empresa que dentro de la intranet de Alten se disponga un espacio web para el CSS (Comité de Seguridad y Salud). Se ve que se trata de un tema en extremo complejo: a fecha de hoy seguimos sin una respuesta concreta por parte de la empresa. Ante esta situación hemos optado por alojar en nuestro servidor una página sindical del CSS, que ya está a vuestra disposición.

En la página podéis encontrar no sólo la descripción de qué es el CSS y las maneras de entrar en contacto con él, sino el histórico de las actas que se han firmado (subidas a Google Docs para que las podáis leer).

Un saludo.